Boletín nº 144 (29-07-2021)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 3.011/2021

Mediante Decreto de la Presidencia, de fecha 15 de julio de 2021 y número 2021/6467, (rectificado con fecha 19 de julio y nº 2021/6559 ) se ha resuelto lo que sigue:

En el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Córdoba número 95, de 21 de mayo de 2019, se publicaron las bases de la convocatoria para la provisión con carácter definitivo de diversos puestos vacantes en esta Diputación Provincial por el sistema de concurso específico de méritos.

Mediante Decreto número 2019/4904, de 17 de septiembre de 2019, se rectifica la convocatoria, publicándose el correspondiente anuncio en BOP de Córdoba núm 182, de 24 de septiembre de 2019.

La Comisión de Valoración del concurso, en sesión del día 9 de junio de 2021, realiza la propuesta de personas adjudicatarias, de conformidad con lo previsto en la base 5ª de la convocatoria, publicándose anuncio con fecha 11 de junio.

Una vez que el Servicio de Recursos Humanos ha emitido informe con fecha 7 de julio de 2021, relativo al procedimiento seguido al efecto, esta Presidencia, en uso de las atribuciones previstas en el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVE

Primero. Aprobar la propuesta definitiva realizada por la Comisión de Valoración del concurso específico de méritos, por la que se adjudican diversos puestos convocados, en los términos que se expresan en el Anexo a este Decreto.

Segundo. El plazo para tomar posesión será de tres días si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo. El plazo se computa a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el BOP de Córdoba. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

En cualquier caso, podrá diferirse la fecha de cese de conformidad con lo dispuesto en la base 9ª de la convocatoria.

La renuncia a los destinos obtenidos en el concurso no tendrá efecto, salvo que concurra alguno de los supuestos contemplados en el primer párrafo de la base 8ª de la convocatoria.

Los destinos adjudicados tienen carácter voluntario, de forma que no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio.

Tercero. El personal que haya obtenido puesto de trabajo a través del concurso no podrá participar en otra convocatoria de provisión de puestos mediante el sistema de concurso hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión en el mismo, salvo en los supuestos de remoción o de supresión del puesto de trabajo de destino definitivo.

Cuarto. Ordenar la publicación de esta resolución en el BOP de Córdoba, que, a su vez, servirá de notificación a las personas interesadas.

La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá ser recurrida potestativamente ante esta Presidencia, mediante la interposición del recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el BOP de Córdoba, o ser impugnada directamente ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, según lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en el artículo 123.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

ANEXO

PERSONAS ADJUDICATARIAS

CONCURSO ESPECÍFICO DE MÉRITOS

Código

Denominación del Puesto

N.

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CD

Nombre y apellidos

761

Jefatura Sección Estudios Ingeniería Civil

1

Func

24

Don Luis Javier Colmenero Jiménez

762

Jefatura Sección Ingeniería Civil

1

Func

24

Don Heliodoro González Fernández

764

Jefatura Sección Supervisión Proyectos Ingeniería

1

Func

24

Don Antonio Gabriel Martínez López

575

Jefatura Sección Sistema Información Geográfica y Patrimonio Viario

1

Func

24

Don Alberto Henche Gómez

Lo que se publica para general conocimiento.

Córdoba, 20 de julio de 2021. Firmado electrónicamente por el Diputado Delegado de Recursos Humanos, Esteban Morales Sánchez.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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