Boletín nº 212 (09-11-2021)

VIII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 4.207/2021

Por Decreto de esta Presidencia 2021/27767, de fecha 26 de octubre 2021, se aprueba la siguiente convocatoria para proveer interinamente 5 plazas de Arquitecto/a Superior de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba.

ANUNCIO DE CONVOCATORIA

BASES QUE HABRÁN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE CINCO FUNCIONARIOS/AS INTERINOS/AS, CATEGORÍA ARQUITECTOS/AS, CORRESPONDIENTES A LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA, CLASE SUPERIOR, DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE CÓRDOBA (GMU) Y LA CREACIÓN DE LISTA DE RESERVA-BOLSA PARA LA COBERTURA DE NECESIDADES TRANSITORIAS DE PLAZAS EQUIVALENTES. TRAMITACIÓN URGENTE.

OBJETO.

La presente convocatoria tiene por objeto la necesaria y urgente provisión como funcionario/a interino/a de CINCO PLAZAS DE ARQUITECTOS/AS, correspondientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, hasta la cobertura definitiva de la plaza o la amortización de la misma.

Siendo necesario y urgente dotar a distintos Servicios, en especial Licencias y Planeamiento/Planificación, de esta GMU de Arquitectos/as, al ser imprescindible para prestar de forma adecuada el servicio encomendado, tal como consta en el escrito de Presidencia de la GMU, y en los informes de las Jefaturas que obran en el expediente de razón, y existiendo 5 plazas vacantes por jubilación dotadas en el presupuesto que corresponden a las Ofertas de Empleo Público 2017, 2018 y 2020, se efectúa la siguiente convocatoria:

ANUNCIO DE CONVOCATORIA

Se precisan: 5 Arquitectos/as para distintos Servicios de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en especial Licencias y Planeamiento/Planificación, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, dotadas con las retribuciones correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1. Se establecerá una lista de reserva con los aprobados sin plaza para necesidades futuras en la GMU durante un período de 5 años.

Requisitos (se deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes):

-Estar en posesión del título de Grado en Arquitectura o equivalente, y demás requisitos exigidos con carácter general para el acceso a la Función Pública.

Funciones:

-Realización de Proyectos, dirección y vigilancia de obras. Redacción de informes, propuestas y estudios en relación a su profesión. Redacción de proyectos de obras, ejecución y dirección de las mismas; confección de presupuestos, emisión de informes, inspecciones y otros de acuerdo con su categoría profesional.

-Utilización y manejo de paquetes y herramientas informáticas: tratamiento de textos, hojas de cálculo.

Se ofrece:

Nombramiento Interino a plaza vacante, estableciéndose una lista de reserva con los aprobados sin plaza para necesidades futuras en la GMU durante un período de 5 años.

Las retribuciones serán las correspondientes a la categoría de Arquitecto/a, Nivel retributivo 428-A1/21, previstas en el acuerdo marco de la GMU, con las necesarias adaptaciones en la estructura de dicha retribución salarial.

Las personas interesadas deberán cumplimentar el modelo de solicitud que se une a esta convocatoria y presentarla vía telemática en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Córdoba (una vez impresa la solicitud en adobe pdf , y estableciendo como destinatario -GMU Oficina de Personal y Recursos-), si dispone de Certificado Digital, y en caso contrario, deberá imprimir y firmar la solicitud y presentarla en el Registro General de la GMU, del Ayuntamiento, en los Registros de los Centros Cívicos municipales o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Los sucesivos anuncios relativos a esta convocatoria se harán públicos exclusivamente en el Tablón de Anuncios de esta GMU y a nivel informativo en la página web de la GMU.

La presentación de las solicitudes antes o fuera del plazo establecido y la no utilización del modelo de impreso normalizado de uso obligatorio de participación debidamente firmada, serán causas de exclusión del procedimiento de selección.

Publicadas en el  Boletín Oficial de la Provincia las listas provisionales de aspirantes admitidos/excluidos, estos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a partir del día siguiente a dicha publicación, para subsanación de solicitudes.

Sistema de selección: Constará del siguiente ejercicio: Resolución de dos supuestos teórico-prácticos elegidos de entre los 4 elaborados por la Comisión de Selección, de forma aleatoria por el/la Secretario/a, y relacionados con los contenidos del Anexo I y las funciones a desempeñar, sobre los contenidos del Anexo 1.

Duración, como máximo, 3 horas y se calificará cada Supuesto hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los/as aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. La calificación de este ejercicio será la suma de las calificaciones obtenidas. Este ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes, excluyéndose a aquellos/as candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer su identidad. En caso de empate, se acudirá a aquel/la aspirante cuyo apellido empiece por la letra Q, de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaria de Estado para la Administración Pública.

Comisión de Selección: Estará integrada por: Presidente/a: Funcionario/a de Carrera de la GMU. Vocales: 3 Funcionarios/as de carrera. Secretario/a: Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local o funcionario/a en quien delegue. (Todos los miembros de la comisión deberán estar en posesión de titulación o especialización igual o superior a la exigida en la convocatoria). En uso de las atribuciones que, en aplicación del artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local que me han sido delegadas por Decreto de la Alcaldía nº 5210, de 18 de junio de 2019, y las atribuciones conferidas a la Junta de Gobierno Local por el artículo 127 del Título X de la misma Ley que me han sido delegadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local número 465/19, de 24 de junio de 2019, vengo a aprobar, las Bases de Convocatoria para el Nombramiento Interino de 5 Arquitectos/as, en los términos expuestos.

LISTA DE RESERVA-BOLSA

1. Normas generales.

Con el resto de personas aspirantes, no propuestas para ocupar el puesto convocado, ordenadas según la clasificación definitiva elaborada por el Tribunal Calificador, se creara una LISTA DE RESERVA-BOLSA para su llamamiento y nombramiento, en su caso, de funcionarios/as interinos/as, en el puesto de arquitectos/a, cuando no sea posible cubrirla de otro modo.

En dicha LISTA DE RESERVA-BOLSA quedarán incluidos los/as candidatos/as aprobados por orden de puntuación en la lista definitiva, y tendrá una vigencia máxima de cinco (5) AÑOS, sin perjuicio de que la GMU pueda convocar un nuevo procedimiento de selección cuando lo estime necesario.

En el supuesto de que una vez efectuado el llamamiento, el/la aspirante renunciara al mismo, se procederá a convocar al siguiente en la lista, pasando aquel al último lugar de ésta. No obstante, el candidato renunciante no perderá su turno en la lista de reserva si se encontrara en situación de baja por Incapacidad Temporal o baja por maternidad/paternidad debidamente acreditada por parte médico oficial.

2. Procedimiento de llamamiento.

Los aspirantes podrán manifestar la forma preferente de llamamiento, que podrá ser mediante llamada de teléfono o mediante correo electrónico. Si no manifestara ninguna preferencia, se realizara mediante llamada telefónica cursada en un total de cuatro veces en un plazo de dos días.

La persona encargada de estas comunicaciones dejara constancia de las mismas, con indicación de fecha, hora/s, persona/s y sistema de contacto.

3. Recursos.

Contra la presente resolución de aprobación de esta convocatoria, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y conforme se establece en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, si lo considera conveniente, puede interponer alternativamente los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución que se publica, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación. La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acuerdo que se impugna, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Si transcurrido un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición, no se hubiese resuelto sobre el mismo, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba que en turno de reparto corresponda, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta.

b) Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba que en turno de reparto corresponda dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente de esta publicación.

En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo. Sin perjuicio de lo expuesto, bajo su responsabilidad, podrá interponer cualquier otro recurso o acción que estime procedente.

Córdoba, 27 de octubre de 2021. Firmado electrónicamente por el Teniente Alcalde Delegado de Hacienda y Presidente del GMU, Salvador Fuentes Lopera. Decreto delegación 5.210, de 18/06/201.

ANEXO I CONTENIDOS:

MATERIAS GENERALES

1. Constitución Española de 1978: Antecedentes, principios generales, características y estructura. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantías y suspensión de los derechos y libertades. El Defensor del Pueblo.

2. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

3. La Administración Pública en la Constitución. La regulación de la Administración en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Disposiciones generales, principios generales y principios de intervención. Especial mención al funcionamiento electrónico del sector público.

4. Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Titulo II De la actividad de las Administraciones Públicas; Título III De los actos administrativos y Título IV De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común.

5. Régimen Local Español. Principios Constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales. Estatutos de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba, organismo autónomo del Ayuntamiento de Córdoba.

6. Los contratos administrativos. Concepto, Clases y Elementos.

7. La protección de datos de carácter personal. Ley Orgánica de protección de Datos de Carácter Personal: Disposiciones generales. Principios. Los derechos de las personas. Los ficheros de titularidad pública. La protección de datos y el acceso a la información en la normativa de transparencia administrativa.

8. La legislación estatal y andaluza sobre Igualdad efectiva de mujeres y hombres. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Protección Integral contra la violencia de género. La ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género de Andalucía.

9. Contratos de Servicios. Concepto. Actuaciones administrativas preparatorias. Ejecución y resolución. Especialidades del contrato de elaboración de proyectos.

10. Anteproyectos y proyectos de obras de contratación pública. Clasificación de las obras a los efectos de la elaboración de proyectos. Normas de redacción de proyectos. Alcance documental.

11. Instrucción del expediente de contratación y aprobación del gasto. Supervisión del proyecto. Acta de Replanteo Previo.

12. Adjudicación del contrato de obras. Procedimientos y formas de adjudicación. La mesa de contratación. Adjudicaciones provisional y definitiva. Formalización del contrato de obras.

13. Ejecución de obras: funciones y responsabilidades de la dirección y del contratista. Aplicación de la Ley de Ordenación de la Edificación a la contratación pública.

14. Modificaciones del contrato público de obras: requisitos y clases de variaciones. Reformado por el objeto. Límites y efectos de las modificaciones. Alcance, contenido documental, y tramitación del proyecto. Obras complementarias.

15. Incidencias en el contrato público de obras. Reajuste de anualidades. Cesión de contratos. Subcontratación. Modificación del plazo de ejecución. Efectos de incumplimiento de plazos. Suspensión de las obras.

16. Extinción de contrato público de obras. Terminación, recepción y liquidación de la obra. El periodo de garantía. Resolución del contrato: causas, procedimiento y efectos.

17. La accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas. Normativa de aplicación. Condiciones de diseño de espacios públicos, edificios de utilización colectiva y singulares.

18. El control de calidad en las obras de edificación. Programas de control de calidad. Autorizaciones de uso y homologaciones. Regulación en la Ley de Contratos de las Administraciones públicas y en la Ley de Ordenación de la Edificación.

19. La Ley de Ordenación de la Edificación en los proyectos y obras de la administración pública.

20. Marco general de la legislación de Patrimonio Histórico: Legislación estatal y autonómica. Relación y diferencias entre los distintos regímenes de protección.

MATERIAS ESPECÍFICAS: ORDENACIÓN URBANÍSTICA

21. Situaciones básicas del suelo. El estatuto jurídico de la propiedad del suelo en la legislación estatal de Suelo y Rehabilitación Urbana. Derechos y deberes.

22. La clasificación del suelo y el régimen de las distintas clases de suelo. Ordenación estructural y ordenación pormenorizada.

23. Actuaciones de transformación urbanística y actuaciones edificatorias en la legislación estatal de Suelo y Rehabilitación Urbana.

24. Los instrumentos de la ordenación urbanística. Tipos de planes y contenido documental.

25. La elaboración, aprobación y efectos de los instrumentos de planeamiento. Competencias municipales y autonómicas. Vigencia e innovación de los planes.

26. Las áreas de reparto y el aprovechamiento: conceptos, determinación del aprovechamiento medio, coeficientes de uso y tipología, reservas de aprovechamiento.

27. Régimen de las edificaciones existentes en las distintas clases de suelo.

28. Las edificaciones irregulares: la situación de asimilado a fuera de ordenación.

29. La ejecución de planeamiento urbanístico mediante el sistema de compensación: características del sistema, iniciativa y procedimiento. La Junta de Compensación. La reparcelación.

30. El expediente de ruina. Supuestos, procedimiento, resolución y efectos.

31. La protección de la legalidad urbanística y el restablecimiento del orden jurídico perturbado.

32. La Evaluación Ambiental Estratégica en la legislación andaluza. Ámbito de aplicación. Procedimientos. Evaluación ambiental de los instrumentos de planeamiento urbanístico.

33. Las licencias urbanísticas: procedimiento, competencias y efectos. Subrogación y otorgamiento por silencio administrativo. Declaraciones responsables y comunicaciones previas según Decreto ley 2/2020. Normativa sectorial: CTE, accesibilidad, ruidos, RITE.

34. La calificación ambiental. Regulación normativa. La Evaluación Ambiental Estratégica en la legislación andaluza. Ámbito de aplicación. Procedimientos. Evaluación ambiental de los instrumentos de planeamiento urbanístico.

35. El PGOU de Córdoba: el modelo urbanístico-territorial, el sistema municipal de asentamientos y su relación con el medio físico y la estructura general y orgánica del territorio.

36. Definición del modelo urbanístico del núcleo urbano principal y de los núcleos y asentamientos periféricos. La estructura del espacio público y del sistema de equipamientos. Los suelos residenciales e industriales en el PGOU de Córdoba. El Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico.

37. El suelo urbano consolidado en el PGOU de Córdoba. Regulación de intervenciones edificatorias. Tipologías de ordenanzas de edificación.

38. El suelo urbano no consolidado en el PGOU de Córdoba. Las actuaciones de transformación urbanística. Las fichas de planeamiento: objetivos y criterios de ordenación.

39. El suelo urbanizable. Las actuaciones de transformación urbanística para el crecimiento de la ciudad. Las fichas de planeamiento: objetivos y criterios de ordenación y vertebración con la ciudad existente.

40. La metodología BIM en la ejecución de proyectos y obras, y su contratación, en la Administración Pública.

Córdoba, 27 de octubre de 2021. Firmado electrónicamente por el Presidente de la GMU, Salvador Fuentes Lopera.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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