Boletín nº 217 (16-11-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente Carreteros

Nº. 4.387/2021

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO 2021 MEDIANTE CRÉDITO EXTRAORDINARIO Y SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA.

Don José Pedrosa Portero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuente Carreteros (Córdoba), hace saber:

Que en cumplimiento del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el período de información pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha, 30 de septiembre de 2021, sobre el expediente de modificación de créditos número 29/2021 del Presupuesto del ejercicio 2021, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, que se hace público resumido por capítulos:

Crédito Extraordinario: Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Crédito extraordinario

Progr.

Económ.

164

609.09

Cementerio-Otras inversiones

48.279,00 €

454

609.09

Caminos Vecinales-Otras inversiones

48.218,50 €

454

761.00

Caminos Vecinales-Aportación Municipal

150.000,00 €

TOTAL

246.497,50 €

Suplemento de Crédito en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Suplemento de Crédito

Progr.

Económ.

342

609.09

Instalaciones deportivas-Otras inversiones

253.502,50 €

TOTAL

253.502,50 €


Altas en concepto de ingresos

Aplicación

económica

Descripción

Créditos

finales

87000

Remanente de Tesorería para Gastos Generales

500.000,00 €

TOTAL

500.000,00 €

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Firmado y fechado por medios electrónicos en Fuente Carreteros, a 9 de noviembre de 2021, por el Alcalde-Presidente, José Pedrosa Portero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad