Boletín nº 221 (22-11-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 4.511/2021

Titulo: EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN ESPECIE A ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE CENTROS EDUCATIVOS TANTO PÚBLICOS COMO PRIVADOS CONCERTADOS DE LA LOCALIDAD DE PRIEGO DE CÓRDOBA PARA PALIAR LAS CONSECUENCIAS DE TIPO EDUCATIVO QUE SUPONGA LA BRECHA DIGITAL.

BDNS (Identif.) 595703

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/595703)

Primero. Beneficiarios:

Podrán acogerse a la presente convocatoria todas las AMPAs (Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos) de los Centros Educativos de Educación Primaria y Secundaria del municipio de Priego de Córdoba.

Segundo. Finalidad:

La finalidad de la presente convocatoria es regular las subvenciones en especie consistentes en la dotación de dispositivos electrónicos tipo tablet para uso de los alumnos y alumnas de Centros Educativos de educación primaria y secundaria tanto públicos como privados concertados de la localidad de Priego de Córdoba que por su situación económica no tengan la posibilidad de adquirirlos, con el objetivo de paliar la situación de vulnerabilidad en el acceso a una educación igualitaria en el marco de la nueva sociedad digital.La actividad subvencionable en especie, consiste concretamente en la disposición para las AMPAs constituidas en cada centro, de un número a determinar de este tipo de dispositivos que permitan organizar un servicio de préstamo de los mismos a los alumnos y alumnas de sus respectivos centros.Estas subvenciones tienen la consideración de ayudas en especie y están reguladas en el artículo 3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Así, la concesión de la subvención y la condición de beneficiario no supondrá derecho alguno de cobro, sino la concesión de unos dispositivos electrónicos adquiridos por el Ayuntamiento de Priego de Córdoba con la finalidad exclusiva de otorgarlos a las entidades beneficiarias de esta convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras:

Bases Generales que han de regir la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Priego de Córdoba, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 110, de 23/06/2005.

Cuarto. Importe:

El importe total a destinar a la presente convocatoria se establece en 10.000 € con cargo a la aplicación 507-23107-78000.

La contratación del suministro de los dispositivos electrónicos tipo tablet objeto de la presente subvención se llevará a cabo de manera independiente, de conformidad con la Disposición Adicional Quinta de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Otros datos:

Los anexos a cumplimentar y presentar con la solicitud se encuentran disponibles en la web:

www.aytopriegodecordoba.es, así como en el Área de Cultura y Oficina de Información del Ayuntamiento de Priego de Córdoba.

Priego de Córdoba, 18 de noviembre de 2021. firmado electrónicamente por la  Alcaldesa-Presidenta, Mª Luisa Ceballos Casas.

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