Boletín nº 233 (10-12-2021)
VI. Administración Local
Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río
Nº. 4.690/2021
Doña Aroa Moro Bolancé, Presidenta de La Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río, hace saber:
Que la Junta Vecinal, en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de noviembre de 2021, adoptó los siguientes acuerdos:
Propuesta de Presidencia de fecha 12 de noviembre de 2021 de delegación de competencia de la Junta Vecinal en la Presidencia para la contratación del suministro de materiales PFEA2021.
En Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba n.º 114 fueron publicadas las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Córdoba a las Entidades Locales de la provincia, para la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario 2021.
En el marco del Programa de Fomento de Empleo Agrario 2021, esta Entidad ha solicitado y obtenido subvención del Servicio Público de Empleo Estatal para la realización de los siguientes proyectos:
Denominación |
Importe total |
Costes laborales |
Costes materiales |
Mejora de Instalaciones Deportivas. Terminación de Vallado Perimetral |
133.701,64 |
101.343,29 |
32.358,35 |
Adecentamiento y Mejora de la Urbanización Florentina Sánchez Mengual |
67.065,77 |
43.446,00 |
23.619,77 |
Remodelación Plaza de la Fuente |
56.424,59 |
32.584,50 |
23.840,09 |
De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, Corresponden a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades Locales las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, los contratos de concesión de obras, los contratos de concesión de servicios y los contratos administrativos especiales, cuando su valor estimado no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.
Ascendiendo el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto a la cuantía de 38.175,89 euros, resulta que el órgano competente para la contratación del suministro de los materiales de los proyectos del PFEA 2021 es la Junta Vecinal.
Considerando que el importe total de este contrato de suministro de materiales ascendería a 79.818,21 €, y excediendo, por tanto, del 10% de los recursos ordinarios anteriormente señalados.
Así mismo, al superar el importe de la contratación la cuantía prevista para los contratos menores en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, no cabe la adjudicación directa del contrato, sino que resulta necesario tramitar un procedimiento para la licitación del suministro.
Considerando que la fecha límite para la finalización de las obras incluidas en el PFEA 2021 es el 30 de septiembre de 2022, resulta imprescindible iniciar su ejecución lo antes posible.
Al tratarse de un expediente de contratación cuya competencia corresponde a la Junta Vecinal, su tramitación y aprobación requiere el cumplimiento de una serie de requisitos formales (convocatoria con la antelación legalmente prevista, celebración de la sesión, redacción del acuerdo, emisión de certificado, etc.) que sin duda retrasarían la adjudicación de los suministros y, por ende, la iniciación y ejecución de las obras, pudiendo incluso dificultar el cumplimiento de la fecha límite de finalización.
Por todo lo anterior se considera conveniente, a fin de agilizar la tramitación e iniciar lo antes posible las referidas obras, que la Junta Vecinal de la Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río delegue en la Sra. Presidenta la contratación del suministro de los materiales de las obras PFEA 2021 de conformidad con el artículo 61 de la LCSP
Por ello, se propone a la Junta Vecinal la adopción de los siguientes
ACUERDOS
PRIMERO. Delegar en la Sra. Presidenta la competencia y todas las facultades que corresponden a la Junta Vecinal en la contratación del suministro de los materiales de la obras incluidas en el PFEA 2021.
SEGUNDO. La anterior delegación surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del RD 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Ochavillo del Río, 30 de noviembre de 2021. Firmado electrónicamente por la Presidenta, Aroa Moro Bolancé.