Boletín nº 239 (20-12-2021)

VIII. Otras Entidades

Empresa Provincial de Aguas de Córdoba SA (EMPROACSA)
Córdoba

Nº. 4.874/2021

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO DE JEFE DE ÁREA DE REDES

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de un puesto de trabajo de Jefe de Área de Redes (Nivel Específico 1) contemplado en la Plantilla de Puestos de Trabajo de EMPROACSA. Esta contratación indefinida se formalizará con cargo a la tasa de reposición disponible en 2021, de conformidad con lo ordenado en la vigente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

La cobertura del puesto correspondiente se realizará, según lo establecido en el artículo 5.4 del vigente Convenio Colectivo de EMPROACSA y de conformidad con lo dispuesto en su artículo 10, atendiendo a las necesidades establecidas por la Empresa, e incluye, entre otras, las funciones del Anexo I.

Dentro de la responsabilidad de este puesto de trabajo se incardina la gestión, explotación y mantenimiento de las redes de abastecimiento en alta, redes de abastecimiento en baja, y redes de saneamiento que gestiona la Empresa, comprendiendo la gestión de los medios técnicos y dirección de los recursos humanos adscritos a estos cometidos de acuerdo con las directrices establecidas por la Dirección.

El centro de trabajo queda establecido en Córdoba, Dependencias Administrativas Centrales.

La presente convocatoria está sometida a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad recogidos en el Convenio Colectivo, a lo regulado en el mismo, así como a las siguientes bases:

1. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.

Podrán participar todos los/as interesados/as que reúnan los siguientes requisitos:

" Estar en posesión del permiso de conducción Clase B.

" Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo.

" Contar con Titulación Superior (Licenciatura, Ingeniería Superior o Grado más Master equivalente) de Ingeniería de Caminos, Agrónomos, Industrial, o titulación universitaria equivalente.

" Ser funcionario de carrera de la Administración del Estado, Autonómica o Local, Grupo A, Subgrupo A1.

" 2 años de experiencia ejerciendo la jefatura directa o dirección superior de servicios de explotación y/o servicios de ingeniería de proyectos y obras de redes de abastecimiento y saneamiento.

No podrán participar en la presente convocatoria los funcionarios declarados en suspensión firme de funciones mientras dure la suspensión y de los excedentes voluntarios por interés particular o por agrupación familiar durante los dos años de permanencia obligatoria en dichas situaciones. Tampoco podrán participar los que se encuentren inhabilitados para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme. Los funcionarios en las situaciones administrativas de excedencia para el cuidado de familiares y de servicios especiales, sólo podrán participar si en la fecha de la finalización del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido.

La acreditación de la experiencia profesional y titulación exigidas como requisito determinarán su exclusión en el cómputo de méritos. A efectos de requisitos y concurso de méritos, las titulaciones universitarias superiores (Ingeniería Superior, Máster, o titulación universitaria con correspondencia a nivel Máster) se computarán como Grado más Máster.

2. PROCESO DE SELECCIÓN.

El proceso de seleccion constara inicialmente de dos fases consistentes en una prueba de aptitud de caracter teorico-practico y un concurso de meritos.:

1. Prueba de aptitud: consistente en la realización de dos ejercicios. La puntuación máxima a otorgar en esta fase será de 50 puntos, conforme a la siguiente distribución:

1.1. Ejercicio teorico-practico, en el que se valoraran el conocimiento por el aspirante de los temarios comun y especifico que se relacionan en el Anexo I. La puntuación máxima a otorgar será de 20 puntos.

1.2. Defensa oral ante la Comisión Evaluadora de un Proyecto de Gestión y Organización del Área de Redes ya presentado junto a su solicitud, para cuya elaboración podrá contar el aspirante con la información contenida en la web de EMPROACSA (www.aguasdecordoba.es). Se valorarán especialmente el contenido del documento, la idoneidad y viabilidad de las propuestas de organización de los medios personales y materiales, así como de los objetivos a alcanzar. Todo ello conforme a los conocimientos y funciones propias del puesto de trabajo contenidos en el Anexo I. La puntuación máxima a otorgar será de 30 puntos.

Para la superación de esta fase, el aspirante habrá de alcanzar al menos el 50% de la puntuación máxima.

La celebración de los dos ejercicios integrantes de la prueba de aptitud podrá tener lugar en la misma fecha.

2. Fase de Concurso de méritos: Evaluadas las pruebas selectivas teórico-prácticas, se valorarán los méritos alegados por los interesados que las hayan superado, de acuerdo con los criterios establecidos en las bases de esta convocatoria. La puntuación máxima a otorgar por la baremación del currículum personal será de 40 puntos.

Los méritos a tener en cuenta serán los siguientes y de acuerdo con el orden preferente indicado:

a. Experiencia profesional: Máximo 30 puntos.

" En entidades del sector público (administraciones, entidades del sector público institucional) ejerciendo la jefatura directa o dirección superior de servicios de explotación y/o servicios de ingeniería de proyectos y obras de redes de abastecimiento y saneamiento:

0,45 puntos por cada mes completo.

" En otras empresas ejerciendo la jefatura directa o dirección superior de servicios de explotación y/o servicios de ingeniería de proyectos y obras de redes de abastecimiento y saneamiento:

0,25 puntos por cada mes completo.

b. Formación relacionada con el puesto: Máximo 10 puntos.

1. Actividades formativas (Master, Cursos, jornadas, seminarios, etc.), impartidas u homologadas por Instituciones Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua por sus agentes colaboradores, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo. Los cursos de formación alegados deberán ser acreditados con el certificado oficial o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, con indicación del número de horas lectivas. Máximo 5 puntos

" Por cada actividad formativa de hasta 15 horas: 0,05 puntos.

" Por cada actividad formativa de 16 hasta 25 horas: 0,1 puntos.

" Por cada actividad formativa de 26 hasta 50 horas: 0,2 puntos.

" Por cada actividad formativa de 51 hasta 100 horas: 0,4 puntos.

" Por cada actividad formativa de 101 hasta 200 horas: 0,8 puntos.

" Por cada actividad formativa de 201 hasta 400 horas: 1,6 puntos.

" Por cada actividad formativa de 401 hasta 800 horas: 3,2 puntos.

" Por cada actividad formativa de 801 hasta 1200 horas: 4,8 puntos.

" Por cada actividad formativa de más de 1200 horas: 5,0 puntos.

2. Otras titulaciones universitarias, con carácter reglado, relacionadas directamente con el puesto y con las funciones a desempeñar. No se valorará en este apartado la titulación alegada como cumplimiento de requisito para la participación en este proceso de selección. Asimismo, no se valoraran como meritos los titulos academicos imprescindibles para la obtencion de otros de nivel superior que se aleguen. Máximo 2 puntos

" Por cada titulación con nivel de Diplomatura/Ingeniería Técnica/Grado o equivalente: 1 punto.

" Por cada titulación con nivel de Licenciatura/Ingeniería superior/Grado+Master o equivalente: 1,5 puntos.

3. Conocimiento de idiomas: inglés, francés, italiano y/o alemán. La formación alegada deberá acreditarse mediante certificados de capacitación lingüística reconocidos, ya sea a nivel nacional o internacional, y habrán de corresponderse con los distintos niveles del Marco Europeo de Referencia para las Lenguas. Solo se valorara un nivel de cada idioma, aunque se posean los superiores. Máximo 3 puntos

" Certificado Nivel B1: 1 punto.

" Certificado Nivel B2: 1,5 puntos.

" Certificado Nivel C1: 2 puntos.

" Certificado Nivel C2: 2,5 puntos.

El orden de calificación final de los/as aspirantes vendrá determinada por la aplicación de los criterios recogidos en las presentes Bases. La Comisión Evaluadora podrá decidir la exclusión de cualquier aspirante mediante resolución razonada.

3. COMISIÓN EVALUADORA.

La Comisión Evaluadora está compuesta por los siguientes miembros con voz y voto: El Presidente del Consejo de Administración o persona en quien delegue, que actuará como Presidente de la Comisión, tres representantes de la Empresa, designados por la Presidencia, asumiendo uno de ellos las funciones correspondientes a la Secretaría de la Comisión, y tres miembros designados por el Comité de Empresa.

Los miembros de la Comisión habrán de tener cualificación para ejercer su labor evaluadora. Siempre que sea posible serán de igual o superior categoría, titulació

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