Boletín nº 247 (31-12-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Carcabuey

Nº. 5.090/2021

Mediante Decreto de la Alcaldía nº 477/2021, de fecha 30 de diciembre, se ha adoptado el siguiente acuerdo de aprobación de Bases para las pruebas selectivas para el acceso a plazas de funcionarios/as y personal laboral, reservadas a promoción interna, incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2018 y que a continuación se transcribe:

Visto que con fecha 20 de diciembre de 2018, fue aprobada la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2018, publicada en el Boletín oficial de la Provincia nº 246, de fecha 27 de diciembre de 2018, y de conformidad con lo establecido en la legislación de Régimen Local vigente, por medio del presente

RESUELVO:

PRIMERO. Aprobar el expediente y las Bases de la convocatoria, que se transcriben más adelante, del proceso selectivo para el acceso a plazas de funcionarios/as y personal laboral, reservadas a promoción interna, incluuidas en la Oferta de Empleo Público de 2018.

SEGUNDO. Autorizar y disponer el gasto con cargo a las aplicaciones presupuestarias consignadas en el Presupuesto Municipal.

TERCERO. Publicar este Decreto y las Bases íntegras en el Boletín Oficial de la Provincia, Sede Electrónica de este Ayuntamiento y página web, siendo la fecha de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba la que servirá para el inicio del cómputo del plazo de presentación de solicitudes:

BASES DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO A PLAZAS DE FUNCIONARIOS/AS Y PERSONAL LABORAL, RESERVADAS A PROMOCIÓN INTERNA, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2018.

1. NORMAS GENERALES

1.1 Las presentes Bases regulan la provisión mediante concurso oposición reservada a promoción interna de las plazas de plantilla de personal funcionario que se determinan en los Anexos respectivos, incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2018, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 246, de 27/12/2018, mediante los procesos selectivos que se indican a continuación y en las correspondientes normas específicas.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y, en lo no opuesto al mismo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; en lo no previsto en las anteriores normas, la Ley 6/1985, de 28 de noviembre de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, las bases de la presente convocatoria y supletoriamente el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado.

1.3 Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como opositor, aspirante, funcionario, etc. debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

1.4 En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes, no se acumularán a las de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

2.1 Para participar en estas convocatorias será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, con independencia de los que figuran en los Anexos:

1. Ser funcionario de carrera o personal laboral del Ayuntamiento de Carcabuey.

Al efecto, los aspirantes deberán haber completado en el Ayuntamiento de Carcabuey dos años de servicio como funcionario de carrera o personal laboral en el Subgrupo desde el que concurren.

2. En aquellas plazas que se indican en los Anexos correspondientes, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.2 de la Ley 7/1985 y artículo 22.3 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de aplicación supletoria en la Administración Local: ser personal laboral fijo y desempeñar funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las de las plazas convocadas. Al efecto, los aspirantes deberán haber completado en el Ayuntamiento de Carcabuey dos años de servicio en la categoría profesional desde la que concurren.

3. En ambos casos, hallarse en situación de servicio activo, servicios especiales o cualquier otra situación administrativa que conlleve derecho a reserva de puesto.

2.2 Tales requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera en la plaza de que se trate.

3. SOLICITUDES

3.1 Los aspirantes deberán dirigir sus solicitudes, manifestando que reúnen todos los requisitos exigidos, a la Alcaldía del Ayuntamiento de Carcabuey, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Junto a dicha solicitud deberán adjuntar, fotocopia del título académico exigido, así como documentación acreditativa de requisitos específicos, en su caso, indicados en los correspondientes anexos.

Los interesados no están obligados a aportar fotocopia del DNI/NIE siempre que expresen su consentimiento a que sea consultado a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad. En caso de no prestar dicho consentimiento deberá aportar fotocopia del DNI/NIE.

Quienes estén interesados, podrán realizar la presentación de la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Carcabuey.

Los aspirantes deberán entregarlo impreso y firmado acompañado de la documentación justificativa de requisitos y en su caso méritos en el Registro del Ayuntamiento de Carcabuey sito en Plaza de España nº 1 de Carcabuey, en horario de atención al público, o por cualquiera de las formas previstas en la normativa sobre procedimiento administrativo común. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la Oficina de Correos. En todo caso requerirá su presentación en tiempo y forma.

3.2 Los interesados deberán disponer de la autoliquidación deberá ser abonada en cualquiera de las entidades bancarias que se indiquen en el propio documento, sin necesidad de que el interesado presente por registro la autoliquidación de la tasa ya abonada.

Los interesados que opten por la presentación de la solicitud en cualquier otra forma deberán unir a la solicitud el justificante o comprobante de haber ingresado la tasa por participación en las pruebas selectivas conforme a la Ordenanza fiscal en vigor al momento de la apertura del plazo de presentación de solicitudes, o en su caso de la correspondiente exención o bonificación.

Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

-Las personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%, previa presentación de la oportuna acreditación.

-Las personas que figuraren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria en la que soliciten su participación. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación, o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).

-Los miembros de familias numerosas de categoría especial, en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.

-Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos regulados en la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

Tendrán derecho a una bonificación del 50% los miembros de las familias numerosas de categoría general, en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.

La tasa se ingresará en la cuenta corriente de CAJASUR, con código IBAN ES62 0237 0020 3091 5064 8819 con la indicación "pruebas selectivas plaza (su denominación) del Ayuntamiento de Carcabuey".

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