Boletín nº 27 (09-02-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 235/2022

-Objeto del expediente: Aprobación definitiva Proyecto de Actuación para legalización de la edificación existente para actividad ganadera de porcino en intensivo.

-Municipio: Pozoblanco.

-Emplazamiento: Parcela 12, del Polígono 12, del Catastro de Rústica.

-Promotor: Solana de la Jara SL.

-Solicitud: Autorización en Suelo No Urbanizable.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2021, al amparo de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía,

ACUERDA:

Primero. Aprobar el Proyecto de Actuación promovido por Solana de la Jara SL, para legalización de la edificación existente en la parcela sita en Paraje Alabardero, Polígono 12 y parcela 12, del término municipal de Pozoblanco, para desarrollo de actividad ganadera de explotación de ganado porcino en intensivo.

Segundo. La declaración de interés público o social se entenderá a los únicos efectos de considerar la aptitud de los terrenos para la implantación de la actuación, sin perjuicio de que la materialización del uso y actividad requerirá la obtención del resto de licencias y autorizaciones administrativas que fueran legalmente procedentes.

Tercero. La autorización de la actividad quedará condicionada al cumplimiento de las obligaciones correspondientes al promotor de la actividad, estando constituidas al menos por:

a) Asegurar la vinculación de la superficie total de la parcela a la actividad prevista, conforme al artículo 67.d) de la LOUA.

b) Se deberán obtener cuantas autorizaciones o informes sean exigibles a tenor de la legislación sectorial aplicable, en especial las reguladas en la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, y en particular, en relación a las posibles afecciones al dominio público de la vía pecuaria Camino de la Campiña.

c) El promotor de la actuación deberá solicitar la oportuna licencia urbanística municipal de obras en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del presente Proyecto de Actuación, de acuerdo con lo regulado en el artículo 42.5 D.c de la citada LOUA.

Cuarto. Remitir el presente acuerdo para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a tenor del artículo 43.1.f) de la ley 7/2002, de 17 de diciembre.

Quinto. Notifíquese al promotor de la actuación, con indicación de que el presente acto finaliza la vía administrativa, así como del régimen de recursos que con arreglo a derecho procedan y haciéndole constar que deberá atenerse a la normativa que le es de aplicación y a las directrices marcadas por los Organismos parte del procedimiento.

Pozoblanco, 24 de enero de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Santiago Cabello Muñoz.

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