Boletín nº 33 (17-02-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba

Nº. 425/2022

Expediente nº: 326/2022.
Bases para la Convocatoria y Proceso de Selección.
Procedimiento: Selecciones de Personal y Provisiones de Puestos.

RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA

Antecedentes de hecho

PRIMERO. Que en la plantilla del Ayuntamiento existen diversas plazas ocupadas temporal o interinamente con anterioridad al 1 de enero de 2005, que se encuentran presupuestadas y dotadas con las retribuciones legalmente establecidas, por lo que el Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, en aras a planificar sus recursos humanos ha iniciado el proceso para proveer la plaza de Graduado Social de la Unidad de Empleo de Mujeres y Orientación y preformación para el empleo de las mujeres, adscrita al Centro Municipal de Información a la Mujer con las características y objeto que se describe en el apartado 1.1. (objeto de la convocatoria) de las presentes bases, las cuales han de regir esta convocatoria; además, se considera que dicha plaza, y por tanto sus funciones, son necesarias, urgentes e inaplazables para el buen funcionamiento de los servicios públicos.

SEGUNDO. Que mediante RESOLUCIÓN número 2021-0314 de la Alcaldía-Presidencia, se aprobó la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para el ejercicio 2021 (BOP de Córdoba número 243, de 27 de diciembre).

Fundamentos de derecho

I

Que en cuanto a la competencia para la aprobación de las bases, le corresponde a la Alcaldía-Presidencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g).- de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

II

Que en cuanto al fondo del asunto, resulta aplicable entre otra normativa, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Reglamento regulador del uso y medios electrónicos para determinados colectivos, así como las presentes bases.

III

Que el artículo 6.1 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, dispone que las bases de las pruebas selectivas, así como las correspondientes convocatorias, se publicarán en el «Boletín Oficial» de la Provincia [&]. Así, también resulta aplicable lo establecido en la disposición adicional cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público o la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Visto que se han observado todas las formalidades exigidas legalmente, visto los documentos que constan en el expediente administrativo, y de conformidad con la normativa indicada anteriormente,

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar las BASES que se relacionan en la presente RESOLUCIÓN para la provisión en propiedad, mediante concurso, de una (1) plaza como personal laboral, denominada Graduado Social de la Unidad de Empleo de Mujeres y Orientación y preformación para el empleo de las mujeres adscrita Centro Municipal de Información a la Mujer, asimilado al Grupo A2, para el Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, que se transcriben a continuación:

BASES

1. NORMAS GENERALES

1.1. Objeto de la convocatoria y número de plazas

Es objeto de la presente convocatoria la celebración de concurso para la provisión en propiedad de una (1) plaza de Graduado Social de la Unidad de Empleo de Mujeres y Orientación y preformación para el empleo de las mujeres, adscrita al Centro Municipal de Información a la Mujer, como personal laboral, asimilado al grupo A2, vacante en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, proveniente de la Oferta de Empleo Público Extraordinaria de este Ayuntamiento para el año 2021; estando sujeta dicha plaza a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, así como la legislación de desarrollo.

1.2. Funciones

Sin perjuicio de otras que pudieran resultar aplicables por la legislación vigente, las funciones del Graduado Social de la Unidad de Empleo de Mujeres y Orientación y preformación para el empleo de las mujeres consistirá en la integración individualizada, con especial referencia a las mujeres, mediante el desarrollo de itinerarios personalizados de inserción de empleo, que incluirán actuaciones de Preformación, Orientación Profesional, Técnicas de Búsqueda de Empleo, Autoempleo, Animación a las nuevas tecnologías, otra formación e intermediación laboral utilizando métodos tradicionales y nuevas tecnologías educativas, realizando sesiones grupales o individuales de seguimiento, apoyo y asesoramiento, con la metodología diseñada por el Instituto Andaluz de la Mujer, para mejorar la situación personal, profesional y laboral de las mujeres en general, y en especial a mujeres inmigrantes, de etnia gitana, con alguna discapacidad o que pertenecen al ámbito rural impulsando el desarrollo local de la zona y el fomento de la no discriminación hacia las mujeres, así como la colaboración con proyectos europeos u otro tipo de actuaciones que se desarrollen en la zona y supongan un impulso económico y social. También elaborará memorias con indicadores de la gestión realizada del servicio y de la gestión financiera necesaria para que la subvención estuviera reconocida.

Utilizará las herramientas informáticas de las que dispone el Instituto Andaluz de la Mujer para el tratamiento de datos de usuarias SIAM, así como los instrumentos para la orientación profesional con los que cuentan las redes de Servicios de Orientación.

Coordina, planifica, elabora y/o ejecutar programas/proyectos, con el resto de personal técnico del Centro Municipal de Información a la Mujer, encaminados a favorecer e impulsar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, como programas de Coeducación como método de intervención educativo para la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres para favorecer una educación no sexista, proyectos de corresponsabilidad y conciliación de tiempos, así como campañas de difusión ciudadana relativa a igualdad, derechos LGTBI+, mujeres rurales, violencia de género, salud de la mujer,& y todo tipo de actividades socioculturales que favorezcan la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, así como otro tipo de acciones formativas, actividades socioculturales y de promoción de la mujer, respondiendo a las necesidades y demandas realizadas, así como detectar posibles derivaciones a los diferentes departamentos del Centro Municipal de Información a la Mujer como al jurídico y psicológico.

Igualmente informará sobre los temas y/o cuestiones que se le solicite, realizando informes en su caso, formará parte de los órganos colegiados, de tribunales de selección, utilizará los medios electrónicos y/o telemáticos establecidos por la Corporación tales como firma electrónica, gestor de expedientes,& de conformidad con la legislación vigente. Prestará el auxilio necesario al resto de empleados públicos del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba o del resto de Administraciones públicas, en las materias de su competencia, con especial referencia a la Secretaría General de la Corporación.

Cualquiera otras funciones análogas o conexas con las anteriores que su superior le encomiende, en atención a la categoría profesional y/o especialidad del propio puesto, al objeto de que la Corporación pueda prestar eficaz y eficientemente los servicios públicos que le competen, dando cumplimiento a la satisfacción del interés general.

Las tareas de este puesto se realizan bajo la superior dependencia del Sr./Sra. Alcalde/sa-Presidente/a, o concejal/a delegado/a del área, en coordinación con la Secretaría General del Ayuntamiento.

1.2. Régimen jurídico aplicable al presente procedimiento

La presente convocatoria se regirá por

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