Boletín nº 101 (30-05-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Guijo

Nº. 1.846/2022

Por Resolución de fecha de 23 de mayo de 2022, se ha aprobado la Oferta de Empleo Público de Estabilización de Empleo Temporal de este Ayuntamiento de El Guijo, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, siendo del siguiente tenor literal:

RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA Núm. 96/2022

En el BOE número 312, de miércoles 29 de diciembre de 2021, se publicó la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público. En su artículo segundo, se autoriza un proceso de estabilización de empleo público, para las plazas ocupadas temporal e ininterrumpidamente, al menos, en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020, es decir, el 31 de diciembre de 2017.

Considerando que su artículo 2.3 exige que la tasa de cobertura temporal se sitúe por debajo del 8% de las plazas estructurales.

Considerando que el sistema de selección será el de concurso-oposición, en virtud del artículo 2.4.

Considerando que su Disposición Adicional 6ª prevé además que las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Considerando que estas ofertas de empleo deben aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes del 1 de junio de 2022, y serán coordinados por las Administraciones Públicas competentes, en virtud de lo previsto en el artículo 2.2.

El RDL 781/1986, en su artículo 128.1, dispone que Las Corporaciones locales aprobarán y publicarán anualmente, dentro del plazo de un mes desde la aprobación de su Presupuesto, la Oferta de Empleo Público para el año correspondiente, ajustándose a la legislación básica del Estado sobre función pública y a los criterios que reglamentariamente se establezcan en desarrollo de la normativa básica estatal para su debida coordinación con las ofertas de empleo del resto de las Administraciones Públicas. Por su parte la ley 6/1985 de 28 de noviembre de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía especifica en su Artículo 35.1 Serán objeto de oferta de empleo público, como instrumento de planificación de recursos humanos, las vacantes presupuestariamente dotadas cuya cobertura se considere necesaria y que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes. Las vacantes de personal funcionario se agruparán por grupos, cuerpos, especialidades y, en su caso, por opciones de acceso, y las de personal laboral por grupos y, en su caso, por categorías.

Considerando que la propuesta ha sido informada por la Secretaría-Intervención municipal.

Considerando que la propuesta ha sido objeto de negociación con las organizaciones sindicales más representativas, por aplicación de lo dispuesto en los artículos 36.3 y 37.1-c) y 37.l) del Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.

Conforme lo expuesto, por medio del presente decreto se aprueba la siguiente Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal para 2022, que se regula en la Disposición Adicional Sexta y Octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, que se concreta en las siguientes plazas:

PERSONAL LABORAL FIJO:

DOTACIÓN

DENOMINACIÓN DE LA PLAZA¹

FORMA DE PROVISIÓN

CATEGORÍA

LABORAL²

JORNADA³

1

Arquitecto Municipal

Concurso de méritos

A2

JP

1

Auxiliar Animador de Grupo

Concurso de méritos

C2

JC

1

Auxiliar y Monitor Deportivo

Concurso de méritos

C2

JC

1

Conductor Jardinero

Concurso de méritos

OAP

JC

1

Peón Guarda

Concurso de méritos

OAP

JC

1

Limpiadora

Concurso de méritos

OAP

JC

1

Dinamizador Centro Guadalinfo

Concurso de méritos

C2

JC

1

Técnico en subvenciones

Concurso de méritos

A2

JC

(1) Denominación de la plaza: responde a la plantilla municipal aprobada con los presupuestos de la corporación.

(2) Categoría: hace referencia al grupo de titulación en que se encuadraría si la plaza fuera destinada a ser desempeñada por funcionarios públicos, a los solos efectos de establecer el nivel de titulación exigido para su desempeño.

(3) JP: Jornada parcial. JC: Jornada completa.

El Guijo, 23 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde- Presidente, Jesús Fernández Aperador.

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