Anexo del Boletín nº 102 (31-05-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Cañete de las Torres
Nº. 2.047/2022
Mediante Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento nº 2022/000232, de fecha 25 de mayo de 2022, se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones del artículo 2, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan:
PERSONAL LABORAL FIJO:
Denominación |
Grupo Cotización |
Vacantes |
Acceso |
Dinamizador Juvenil- Encarg.Biblioteca |
7 |
1 |
Concurso |
Albañil |
8 |
1 |
Concurso |
Jardinero |
10 |
1 |
Concurso |
Director Museo |
2 |
1 |
Concurso |
Arquitecto |
1 |
1 |
Concurso |
Auxiliar Admvo. Consultorio Médico |
7 |
1 |
Concurso |
Monitor Deportivo |
7 |
1 |
Concurso-oposición |
Técnico de empleo |
5 |
1 |
Concurso |
Limpiadora Colegio |
10 |
1 |
Concurso |
Dinamizador Guadalinfo |
5 |
1 |
Concurso |
Contra esta Resolución los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También podrán interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Córdoba, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En caso optar por la interposición del recurso de reposición no podrán interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificación la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que podrá entenderse desestimado por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Cañete de las Torres, 31 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Felix Manuel Romero Carrillo.