Boletín nº 113 (14-06-2022)

VIII. Otras Entidades

Viviendas Municipales de Córdoba SA
(VIMCORSA)

Nº. 2.238/2022

Título: CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS AL MANTENIMIENTO Y REHABILITACIÓN DE FACHADAS DE EDIFICIOS EN EL CONJUNTO HISTÓRICO, CONCEDIDAS POR EL AYUNTAMIENTO A TRAVÉS DE VIVIENDAS MUNICIPALES DE CÓRDOBA SA VIMCORSA.

Extracto del acuerdo nº 599/22 de la Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria, de fecha 6 de junio de 2022, relativo a la aprobación de la Delegación de Vivienda, por la que se convocan Ayudas económicas al mantenimiento y rehabilitación de fachadas de edificios en el Conjunto Histórico.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/632555)

Primero. Ámbito de aplicación.

Se estará a lo dispuesto en el artículo 6 del Capítulo I de las Bases Reguladoras. debiendo cumplirse con carácter específico:

-Los edificios deben estar incluidos en el Conjunto Histórico de Córdoba en suelo clasificado como urbano, según la delimitación contemplada en el P.E.P.C.H.C.

-Se comprenden los edificios con uso residencial en general que no están catalogados por el P.E.P.C.H.C.

-En el caso de edificios catalogados, conjuntos catalogados y Monumentos catalogados por el P.E.P.C.H.C., se protegen los edificios con independencia de su uso o destino, con el objetivo prioritario de contribuir a la restauración, rehabilitación y conservación de este patrimonio.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, la persona física o jurídica, los propietarios de viviendas, comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades, arrendatarios o usufructuarios autorizados por la propiedad, que lleven a efecto el objeto que ha motivado la subvención, en el municipio de Córdoba, y que reúnan los requisitos contemplados en las Bases reguladoras aprobadas en Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba (en lo sucesivo J.G.L.) nº 632/20, de fecha 14/09/2020 (BOP nº 185, de 25 de septiembre de 2020), y la modificación aprobada en J.G.L. nº 808/20, de fecha 30/10/2020 (BOP nº 213, de 6 de noviembre de 2020).

Los beneficiarios deberán cumplir con la limitación de ingresos máxima prevista en el artículo 7, así como en el artículo 20 apartado 2 de las Bases reguladoras, en su apartado Para obras de fachadas y más concretamente para el segundo tramo de ingresos, por lo que los mismos no podrán superar para la unidad familiar 5,5 veces el IPREM corregido, tomándose como referencia una familia media de cuatro miembros (apartado 2 del artículo 9 de las Bases Reguladoras).

Tercero. Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto regular las ayudas económicas, consistentes en una aportación dineraria sin devolución, que concede el Ayuntamiento de a través de la empresa VIMCORSA, al objeto de incentivar las obras de mantenimiento y reparación de fachadas de edificios residenciales, edificios catalogados, conjuntos catalogados y aquellos de carácter Monumental, situados en el área delimitada del Conjunto Histórico de Córdoba.

Cuarto. Bases Reguladoras.

El marco general que regula todas las convocatorias de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Córdoba se encuentra recogido en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba (BOP nº 167, de 3/10/2005), accesible desde la siguiente dirección URL:

https://www.cordoba.es/el-ayuntamiento/ordenanzas-bandos-y-otros/ordenanzas-y-reglamentosmunicipales-no-fiscales-/subvenciones-y-patrocinios

La consulta a las Bases Reguladoras y al texto íntegro de la Convocatoria podrá efectuarse a través de la siguiente dirección:

URL: https://vimcorsa.com.

Quinto. Crédito presupuestario de carácter anticipado.

Subvenciones para la rehabilitación de fachadas de edificios en el Conjunto Histórico, por un importe de 256.037,50€.

Sexto. Cuantía de las ayudas.

La regulación específica de las ayudas por cada programa y actuación viene contemplada en las Bases reguladoras artículos 19 al 25, y en el apartado 11 de la Convocatoria de ayudas económicas al mantenimiento y rehabilitación de fachadas de edificios en el Conjunto Histórico.

Séptimo. Tramitación de las solicitudes y plazos.

La presente convocatoria se tramita por el procedimiento ordinario de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, tendiendo un plazo de presentación de solicitudes de 45 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta agotar la disponibilidad presupuestaria.

Las solicitudes se presentarán en impresos normalizados e incorporan la relación de documentos a presentar para cada modalidad de ayuda, contenida en el artículo 27 de la Bases reguladoras. Pueden descargarse en la web de VIMCORSA: www.vimcorsa.com.

Se presentarán en el registro de entrada de la empresa municipal VIMCORSA, habilitada para este fin por la Corporación municipal, con dirección en calle Ángel de Saavedra número 9, de Córdoba.

Octavo. Justificación.

La justificación para la percepción de la ayuda se efectuará mediante la presentación de la cuenta justificativa ante VIMCORSA, que actúa en su condición de entidad colaboradora, en el que se acreditará la aplicación de los fondos al fin que motivó su concesión.

El plazo para la presentación de la documentación justificativa para la percepción de la ayuda será como máximo de dos meses desde la finalización del plazo para la realización de las obras de rehabilitación.

La documentación que deberá presentarse viene contemplada en el artículo 34 de las Bases reguladoras.

Córdoba, a 9 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por el Concejal Delegado de Vivienda del Área de Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Vivienda, Movilidad y Seguridad, Salvador Fuentes Lopera.

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