Boletín nº 116 (17-06-2022)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Victoria
Nº. 2.216/2022
Aprobado provisionalmente por el Pleno de este Ayuntamiento de La Victoria, en sesión ordinaria, celebrada el día 9 de mayo de 2022, el expediente 14/2022 de Modificación de Créditos, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo al Remanente de Tesorería para Gastos Generales resultante de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2021, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el mismo durante el plazo de exposición al público, que finalizó el pasado día 7 de junio, de conformidad con lo estipulado en el artículo 169.1 por remisión del artículo 177.2 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Localces, RD 2/2004 de 5 de marzo, queda aprobado definitivamente, expresándose a continuación con el siguiente resumen por capítulos:
Altas en Aplicaciones de Gastos
a. Crédito Extraordinario:
Aplicación |
Descripción |
Crédito Extraodinario |
|
Prog |
Econ. |
||
943 |
46100 |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES DIPUTACIÓN |
1000 |
TOTAL |
1000 |
b. Suplemento de Crédito:
Aplicación |
Descripción |
Suplemento de Crédito |
|
Prog |
Econ. |
||
241 |
62201 |
PFEA 2021 MATERIALES QUIOSCO HUERTO REDONDO |
3000 |
241 |
63103 |
PFEA 2021 MATERIALES C/ DUQUE DE RIVAS |
6000 |
241 |
63105 |
PFEA 2021 MATERIALES C/ ESLAVA-CERVANTES |
4000 |
334 |
22609 |
ACTIVIDADES CULTURALES |
5000 |
934 |
43000 |
GESTIÓN DE LA DEUDA Y DE LA TESORERÍA-DEUDA SEGURIDAD SOCIAL |
5600 |
TOTAL |
23600 |
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería para Gastos Generales, en los siguientes términos:
Alta en Aplicación de Ingresos
Aplicación |
Descripción |
Bajas o anulaciones |
870.00 |
Para Gastos Generales |
24600 |
TOTAL |
24600 |
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Localces, RD 2/2004, de 5 de marzo.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recuso no suspenderá por sí sola efectividad del acto o acuerdo impugnado.
La Victoria, 8 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Abad Pino.