Boletín nº 124 (29-06-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente Obejuna

Nº. 2.411/2022

Por Resolución de esta Alcaldía, de fecha 22 de Junio de 2022, se resolvió la rectificación de las Bases del proceso selectivo para la provisión en propiedad de una plaza de Jefe de Personal de Oficios, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, anuncio número 1575/2022. Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 92, de fecha 16 de mayo de 2022, quedando redactadas las Bases 2ª, 6.7 y 6 Fase de Concurso, en los siguientes términos:

Rectificar la Base 2, quedando redactada como a continuación se inserta:

2. CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Para poder participar en el proceso selectivo será necesario reunir, antes de que finalice el plazo para la presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el procedimiento, los siguientes requisitos:

1. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias de la plaza convocada.

3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

4. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala del funcionariado, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que se hubiese sido objeto de separación o inhabilitación. En el caso de que la persona aspirante sea nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

5. Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha en la que finalice el plazo para presentar las instancias, de la titulación de título de graduado en Educación Secundaria, FPI o equivalente, o bien estar en condiciones de obtenerlo para la fecha de publicación de la convocatoria. En su caso la equivalencia deberá ser justificada y acreditada por el/la aspirante de acuerdo con la normativa en vigor.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación al título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

6. No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa en vigor.

Rectificar la Base 6.7 quedando redactada como a continuación se inserta:

6.7 La actuación de los aspirantes se inicia por orden alfabético por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra U, conforme la Resolución, de 9 de mayo de 2022, publicada en el Boletín Oficial del Estado nº 114, el 13 de mayo de 2022.

Rectificar la base 6 relativa a FASE CONCURSO, quedando redactada como a continuación se inserta:

A) EXPERIENCIA PROFESIONAL:

La puntuación máxima que se puede alcanzar en este apartado es de: 5 puntos.

1. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera en Administración, funcionario, del grupo C Subgrupo C2 o laboral equivalente como oficial de primera de oficios, en electricidad, fontanería o climatización o en empresas privadas como oficial de primera de oficios, en electricidad, fontanería o climatización:&0,08 puntos.

No se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. Tampoco se computarán los servicios realizados mediante contratos para trabajos específicos, como personal eventual, de consultoría o asistencia o en régimen de colaboración social.

Los servicios prestados a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente.

La experiencia profesional en Administraciones Públicas se justificará mediante informe de vida laboral y certificación expedida por el órgano competente, donde debe constar la denominación del puesto de trabajo que ocupa o haya ocupado, con expresión del tiempo que ha venido desempeñando y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo y en el caso de entidades privadas con informe de vida laboral y contratos.

SEGUNDO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba para general conocimiento.

En Fuente Obejuna, 22 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Silvia Mellado Ruiz.

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