Boletín nº 130 (07-07-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Añora

Nº. 2.445/2022

Por medio del presente se hace público que la Junta de Gobierno Local, reunida en sesión ordinaria celebrada el 27 de mayo de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

Tramitado de oficio el expediente de autorización previa de actuación extraordinaria en suelo rústico sin incidencia supralocal, número GEX-1035/2022, visto el Documento Técnico de la actuación extraordinaria redactado por el Doctor Arquitecto don Luis García de Viguera, los informes técnico y jurídico y teniendo en cuenta que en el periodo de información pública y de audiencia a los titulares de terrenos colindantes y de las Administraciones Públicas que tutelan intereses públicos afectados, no se han presentado alegaciones, por medio del presente se adopta el siguiente acuerdo:

Primero. Conceder de oficio autorización previa para la ejecución de la actuación extraordinaria en suelo rústico de implantación de nuevos equipamientos municipales del Área de Salud en el terreno formado por las parcelas 26 y 28 del polígono 3, con referencia catastral 14006A003000260000XK y 14006A003000280000XD respectivamente, promovido por el Ayuntamiento de Añora, al concurrir los requisitos establecidos en el artículo 22.1 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía.

La actuación es compatible con el régimen del suelo rústico y con la ordenación territorial y urbanística, y la legislación y planificación sectorial aplicable. El terreno catalogado como suelo rústico de carácter rural permite como uso autorizable la edificación pública, conforme dispone el artículo 169 del PGOU de Añora.

La actuación tiene por objetivo la construcción un nuevo Consultorio Médico, que sustituya al existente que ha quedado pequeño y obsoleto, y la construcción de una Unidad de Estancia Diurna al existir una alta demanda desde el colectivo de personas mayores de la localidad. Debiendo tenerse en cuenta que Añora cuenta con una población envejecida pues las personas mayores de 60 años suponen el 32% del total de la población (año 2020), cuando a nivel nacional dicho tasa se sitúa en el 19 %.

Segundo. Declarar que la actuación propuesta es una actuación de utilidad pública e interés social de primer orden y que contribuye a la ordenación al desarrollo del medio rural, y que persigue la dotación de unos equipamientos muy necesarios y convenientes para el municipio, y que su puesta en marcha a la mayor brevedad posible supondrá una importante mejora de los servicios sanitarios y asistenciales a disposición de los vecinos y vecinas de Añora.

Tercero. Aceptar la justificación de la procedencia y necesidad de implantación en suelo rústico y en la ubicación concreta propuesta en base a los argumentos expuestos en el Documento Técnico de la actuación extraordinaria, considerando que dado el uso previsto por sí mismo se considera que no se induce a la formación de nuevos asentamientos, por cuanto el núcleo está acotado en el entorno donde este sitúa, excepcionando condición particular de implantación de separación a linderos y la distancia al núcleo urbano (a pesar de estar considerada por el artículo 156.2 del PGOU como orientativa), en aplicación de lo previsto en el artículo 144 del PGOU.

Cuarto. Establecer un plazo de cualificación de los terrenos para el uso que se justifica por plazo de 75 años, quedando dicha actuación vinculada al uso que justifica su implantación, debiendo ser proporcionadas a dicho uso, adecuadas al entorno rural donde se ubican, además de considerar su integración paisajística y optimizar el patrimonio ya edificado (artículo 20.c de la Ley 7/2021).

Quinto. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.

Añora, 23 de junio de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Bartolome Madrid Olmo.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad