Boletín nº 130 (07-07-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 2.625/2022

Gex 760/2022.

ANUNCIO DE BASES

Por Decreto de esta Alcaldía número 2022/01827, de fecha 4 de julio de 2022, se ha aprobado la convocatoria y las correspondientes Bases que han de regir la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición libre, de una plaza de interino de Técnico Medio de Gestión de Administración General de este Excmo. Ayuntamiento, cuyo texto seguidamente se reproduce:

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR, CON CARÁCTER INTERINO, UNA PLAZA DE TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE POZOBLANCO, POR EL SISTEMA SELECTIVO DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es objeto de las presentes Bases la regulación del procedimiento de selección de un funcionario interino, y a través del sistema selectivo de concurso-oposición libre, de una plaza vacante de Técnico Medio de Gestión de Administración General perteneciente a la Plantilla de Personal Funcionario de este Excmo. Ayuntamiento, con arreglo a lo establecido en el artículo 10.1.d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, conforme a la redacción dada por el Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, interinidad que se podrá modificar por sustitución de vacantes, teniendo en este caso, una duración máxima de nueve meses.

La presente interinidad se justifica por la acumulación de tareas en el Área de Secretaría, para dar apoyo a la Secretaría General y Vicesecretaría, de quienes dependerá jerárquicamente, y donde desempeñará sus funciones, realizando tareas de apoyo a las funciones de nivel superior, con el fin de asegurar en todo momento el cumplimiento de la ley vigente, en el ámbito de la contratación pública del Ayuntamiento de Pozoblanco, desarrollando a estos efectos las siguientes funciones:

-Impulso y seguimiento de los expedientes que tramiten, especialmente en materia de contratación pública y la actividad material de ejecución inherente a dichas funciones.

-Utilización y manejo de paquetes y herramientas informáticas.

-Realizar aquellas otras tareas afines al puesto y que le sean encomendadas, o resulten necesarias para la mejor gestión del Departamento de Secretaría General y Vicesecretaría.

1. El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene las siguientes características:

-Servicio-dependencia: Secretaría General y Vicesecretaría.

-Denominación del puesto: Técnico de Gestión de Administración General.

-Naturaleza: Funcionario interino.

-Escala: Administración General.

-Subescala: Técnico Medio de Gestión.

-Grupo: A.

-Subgrupo: A2.

-Jornada: Completa.

-Número de vacantes: 1.

-Horario: Jornada ordinaria de oficina.

-Retribuciones: Serán las correspondientes al Subgrupo A2, con el nivel de complemento de destino y demás retribuciones complementarias que estén determinadas y consignadas en el Presupuesto Municipal.

-Sistema de selección: concurso-oposición.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 169.1.b) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, a los funcionarios de la Subescala de Gestión de Administración General les corresponderán realizar tareas de apoyo a las funciones de nivel superior.

3. Concretamente, el puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria, dependerá funcional y jerárquicamente de la Secretaría General y Vicesecretaria del Ayuntamiento, a quienes prestará colaboración en los expedientes de trámite, especialmente en materia de contratación pública del Ayuntamiento, en sus distintas vertientes, en coordinación con el resto de las áreas del Ayuntamiento, y cualesquiera otras que pudieran encomendársele en el ámbito de su competencia.

SEGUNDA. CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Para poder participar en este proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

e) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de alguna de las siguientes titulaciones oficiales: Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Grado o equivalente. Se puede acreditar estar en posesión del título cuando se hayan superado los estudios conducentes a la obtención del título y abonado los derechos para su expedición.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar la titulación y el documento acreditativo de la homologación oficial del mismo y, en caso de no estar redactadas en castellano, su traducción jurada.

Los requisitos establecidos en esta base deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión de la interinidad.

TERCERA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

3.1. Las solicitudes interesando formar parte de este proceso selectivo (Anexo II), en la que quienes sean aspirantes manifestarán que reúnen todas las condiciones exigidas en la Base Segunda, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Pozoblanco, sito en calle Cronista Sepúlveda número 2, en horario de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que la solicitud de participación se presente en el registro de otra Administración u Organismo del sector público, en las Oficinas de Correos (en este último caso deberá ir en sobre abierto para ser fechada y sellada en dicho organismo antes de ser certificada), deberá enviarse, dentro del mismo plazo para la presentación de solicitudes de participación anteriormente indicado, copia escaneada o digitalizada del correspondiente resguardo o justificante de presentación a la siguiente dirección de correo electrónico: secretaria@pozoblanco.es.

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, así como en el Tablón de Anuncios, Tablón de Edictos de la sede electrónica y en la página web del Ayuntamiento de Pozoblanco (www.pozoblanco.es).

3.3. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del DNI vigente, o del documento equivalente para los aspirantes no nacionales.

b) Fotocopia compulsada del título exigido o del justificante del abono de las tasas para su expedición.

c) Fotocopias compulsadas de la documentación acreditativa de los méritos alegados por quienes sean aspirantes.

d) Informe de Vida Laboral actualizado, expedido por el organismo correspondiente.

e) Justificante del pago de la tasa por derechos de examen, que asciende a 31 euros, cantidad que podrá ser abonada en la cuenta corriente que este Ayuntamiento mantiene en la entidad bancaria de Cajasur, número ES92 0237 0210 3091 5056 8066. En el concepto de ingreso o transferencia deberá figurar TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN INTERINO, y nombre y apellidos del aspirante, aun cuando sea realizado por persona distinta.

3.4. No se admitirá documentación alguna con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

La falta de pago

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad