Boletín nº 137 (18-07-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 2.613/2022

Por Resolución de Alcaldía, de fecha 29 de junio de 2022, dispuse la conformación de una bolsa de trabajo temporal correspondiente a la categoría profesional de Administrativo/a, de conformidad con los términos contenidos en la antedicha resolución que, para general conocimiento, a continuación se transcribe íntegramente:

<<ANTECEDENTES

En la actualidad el Excmo. Ayuntamiento de Lucena no dispone de una bolsa de trabajo temporal correspondiente a la categoría profesional de Admnistrativo/a, al objeto de poder atender con ella, de forma inmediata, las necesidades urgentes e inaplazables surgidas en esta Administración respecto a nombramientos de funcionarios interinos/as con dicha categoría profesional, en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo 10.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

No obstante lo anterior, actualmente esta Administración Local tiene convocado proceso selectivo para la provisión de tres plazas de personal funcionario de carrera, de la subescala administrativa de la escala de administración general, por el sistema de turno libre (esto es, tres plazas de Administrativo/a, incluidas en la OEP 2021 de este Ayuntamiento, una de ellas reservada para personas con discapacidad). Dicha convocatoria ya fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (anuncio de 07/01/2022 y, en rectificación del anterior, otro de 24/01/2022) y consiguientemente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (anuncio de 07/04/2022), de tal forma que a la presente fecha solo resta tramitar la publicación final en el Boletín Oficial del Estado para que tenga inicio el plazo de presentación de solicitudes.

CONSIDERANDO:

-La conveniencia de conformar en este Ayuntamiento una bolsa de trabajo temporal correspondiente a la categoría profesional de Administrativo/a, que constituya un instrumento ágil para atender con ella, de forma inmediata, las necesidades urgentes e inaplazables surgidas en esta Administración respecto a nombramientos de funcionarios interinos/as con dicha categoría profesional, en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo 10.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

-La oportunidad de constituir la antedicha bolsa a resultas del proceso selectivo identificado en el párrafo segundo de los antecedentes, de tal forma que dicha bolsa quede conformada con aquellos aspirantes que, al margen de las tres personas que resulten propuestas para su nombramiento como funcionarios de carrera, hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo (2), sin obtener plaza en propiedad.

-El dictamen emitido, a los efectos antedichos, por la Mesa General de Negociación Específica para el Personal Funcionario de este Ayuntamiento, celebrada el día 17 de junio de 2022, con motivo del punto segundo del orden del día: Propuesta sobre conformación de la bolsa de trabajo correspondiente a la categoría profesional de administrativo.

En base a todo lo anteriormente expuesto, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas, por este mi Decreto

VENGO EN DISPONER

Primero. La conformación de una bolsa de trabajo temporal correspondiente a la categoría profesional de Administrativo con aquellos/as aspirantes que, al margen de las tres personas que resulten propuestas para su nombramiento como funcionarios de carrera, hayan superado todos los ejercicios (2), sin obtener plaza en propiedad, en el proceso selectivo que este Ayuntamiento tiene convocado para la provisión de tres plazas de personal funcionario de carrera, de la subescala administrativa de la escala de administración general, por el sistema de turno libre (esto es, tres plazas de Administrativo/a, incluidas en la OEP 2021 de este Ayuntamiento, una de ellas reservada para personas con discapacidad). Con motivo de dicha convocatoria ya fue publicado anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (con fecha 07/01/2022 y, en rectificación del anterior, otro con fecha 24/01/2022) y consiguientemente tuvo lugar la publicación de anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (con fecha 07/04/2022).

1. Finalizadas las pruebas (en referencia a los dos ejercicios que componen el proceso selectivo de referencia) se procederá a constituir una bolsa de trabajo en la que serán incluidos aquellos aspirantes que hubieren aprobado los dos ejercicios (al margen de las tres personas que resulten propuestas para su nombramiento como funcionarios de carrera), por el orden de puntuación total que hayan obtenido en el proceso, y que estará vigente hasta la publicación de nueva lista de candidatos resultante del desarrollo de un posterior proceso selectivo para la misma categoría ó, en todo caso, durante un periodo máximo de 4 años a contar desde la resolución que constituya dicha bolsa (una vez desarrollado y finalizado el proceso). Dicha bolsa servirá para atender futuros llamamientos para nombramiento de personal interino cuando se dé alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 octubre.

No obstante lo anterior, cuando la necesidad de nombrar funcionario/a interino/a venga dada por el concreto motivo previsto en el apartado 1. b) del antedicho artículo 10 (sustitución transitoria de los titulares), en todo caso dicho nombramiento interino solo tendrá lugar cuando no haya resultado posible atender previamente dicha necesidad con alguno/a de los auxiliares administrativos adscritos al servicio afectado por la ausencia del titular (a través de la figura prevista en el artículo 38 del vigente Acuerdo Marco del Excmo. Ayuntamiento de Lucena, en razón a la antigüedad y experiencia de éstos en dicho servicio) y, para el caso de no haberlos en el dicho servicio, con algun/a otro/a auxiliar administrativo de este Ayuntamiento que tuviese acreditada experiencia previa en tal servicio, a cuyo efecto se publicará anuncio en la Intranet Municipal.

Una vez conformada la bolsa de trabajo y aprobada la necesidad de proceder al nombramiento de funcionario/a interino/a, con estricta sujeción a las limitaciones y prescripciones establecidas por las leyes de presupuestos generales del Estado o cualquier otra norma de aplicación, se seguirá para hacer los llamamientos el orden de puntuación obtenido, debiendo ser llamado siempre en primer lugar el que figure primero de la lista y sin poder acudir al siguiente si no renuncia o no se presenta el aspirante anterior.

2. Requerida por correo electrónico la persona que corresponda, ésta deberá formalizar, en su caso, de forma fehaciente su aceptación o renuncia del nombramiento propuesto en el plazo de 48 horas siguientes al llamamiento. La falta de respuesta /comportará la pérdida de su derecho a permanecer en la bolsa de trabajo.

3. Se consideran motivos justificados de rechazo del llamamiento, por los que el candidato mantendrá su orden en la bolsa, las siguientes circunstancias, que deberán ser debidamente acreditadas por el interesado:

a) Estar trabajando cuando se realice el llamamiento, para lo que deberá presentar informe de vida laboral u otra documentación acreditativa de la situación.

b) Encontrarse en situación de incapacidad temporal por enfermedad o accidente, justificándose mediante la presentación del oportuno informe médico.

c) Estar en alguna de las situaciones previstas por la normativa vigente a efectos de permisos o licencias (embarazo, parto/lactancia o adopción, acogimiento, baja maternal/paternal, enfermedad grave de un familiar, etc), debidamente justificada documentación que la acredite.

d) Por causa de violencia de género.

e) Por estar cursando estudios de formación reglada en el momento del llamamiento.

4. De rechazar el llamamiento sin justa causa, el candidato pasará al último lugar de la bolsa.

5. Quienes, una vez llamados, hayan sido nombrados funcionarios interinos y hayan tomado posesión como tales no podrán volver a ser llamados hasta que cese la causa que motivó el anterior nombramiento.

Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y, una vez publicado dicho anuncio, retomar los trámites para la publicación final en el Boletín Oficial del Estado de anuncio correspondiente a la convocatoria del proceso selectivo identificado en el dispositivo primero, de tal forma que todos los aspirante que concurran finalmente a dicho proceso selectivo lo hagan sabiendo previamente que, al margen de la provisión definitiva de tres plazas de Administrativo como funcionarios de carrera, dicho proceso generará igualmente bolsa de trabajo temporal respecto a dicha categoría profesional, en los términos que han quedado determinados igualmente en el dispositivo que antecede.

Tercero. Comuníquese la presente resolución al Concejal Delegado de Recursos Humanos y dese cuenta de la misma en la próxima sesión que celebre la Mesa General de Negociación Específica para el Personal Funcionario de este Ayuntamiento>>.

Lucena, 4 de julio de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

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