Boletín nº 155 (11-08-2022)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 3.078/2022

EXP. HELP 2021/3611

EDICTO

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, celebrada el día 4 de julio de 2022, en turno de urgencias, adoptó entre otros el siguiente acuerdo, certificado por el Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, del siguiente tenor anonimizado:

Nº 741/22. POLICÍA LOCAL. PROPUESTA DEL SR. INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO INCOADO AL POLICÍA LOCAL CON DAP NNNN, DE SUSPENSIÓN DEL PLAZO MÁXIMO PARA RESOLVER EL MISMO.

Conocida la Propuesta a que se hace referencia más arriba y justificada la urgencia en la proximidad de la fecha para resolver el expediente en cuestión, lo que está pendiente de informe preceptivo de la Junta de Personal de este Ayuntamiento, la Junta de Gobierno Local, previa declaración de Urgencia, adoptó los siguientes acuerdos:

PRIMERO. Suspender el plazo máximo para resolver el procedimiento de que se trata en los términos establecidos en el artículo 22.1. d) de la Ley 39/2015.

SEGUNDO. Delegar, velando por el principio de agilidad que inspira este procedimiento, en el Sr. Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana y Vía Pública la adopción del levantamiento de dicha suspensión, una vez recibido el informe preceptivo solicitado o transcurrido el plazo concedido sin recibirlo.

Lo que se publica, conforme dispone el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Córdoba, 3 de agosto de 2022. Firmado electrónicamente por el Coordinador General Seguridad Vía Pública y Movilidad, José Carlos Gómez Rodríguez.

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