Boletín nº 164 (25-08-2022)

VI. Administración Local

Mancomunidad de Municipios Sierra Morena Cordobesa
Córdoba

Nº. 3.211/2022

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo de la Asamblea de la Mancomunidad de Municipios Sierra Morena Cordobesa, fecha 12/07/2022, sobre el expediente de modificación de suplemento de crédito financiado con cargo a mayores ingresos, que se hace público resumido por capítulos:

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos

Disponibles

Suplemento

de crédito

Créditos

finales

454.221.03

CAMINOS VECINALES - COMBUSTIBLES Y CARBURANTES

31.001,23

2.000,00

33.001,23

454.221.04

CAMINOS VECINALES-VESTUARIO

- 66,47

66,47

0,00

454.213.00

CAMINOS VECINALES - CONSERVACIÓN MAQUINARIA

18.848,26

1.513,96

20.362,22

920.224.00

ADMINISTRACIÓN GENERAL-PRIMAS DE SEGUROS

- 222,93

2.936,56

2.713,63

920.480.00

ADMINISTRACIÓN GENERAL-A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES

1.329,50

406,41

1.735,91

TOTAL

6.923,40

Suplementos en Conceptos de Mayores Ingresos

Aplicación

Descripción

Presupuestado

Inicialmente

Recaudación

Final

Mayores ingresos

Recaudados

399.00

OTROS INGRESOS

15.000,00

15.444,06

444,06

619.00

ENAJENACIÓN MAQUINARIA

8.000,00

14.479,34

6.479,34

TOTAL INGRESOS

23.000,00

29.923,40

6.923,40

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado

En cerro Muriano, 18 de agosto de 2022. Firmado electrónicamente por la Presidenta, Gema Elena González Nevado.

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