Boletín nº 203 (21-10-2022)

VIII. Otras Entidades

Aguas de Lucena, SL
Lucena (Córdoba)

Nº. 3.720/2022

Por acuerdo del Consejo de Administración, en sesión celebrada el 2 de septiembre de 2022, se ha dispuesto aprobar la convocatoria y las bases que han de regir el proceso selectivo convocado por Aguas de Lucena SL, para la provisión, de un Ingeniero Civil, en turno libre, y cuyo texto seguidamente se reproduce:

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE UN INGENIERO CIVIL, RESPONSABLE DE OFICINA TÉCNICA Y DE PROYECTOS, ASÍ COMO DE CREACIÓN DE BOLSA DE EXPECTANTES PARA LA COBERTURA DE BAJAS Y NECESIDADES POR TRABAJOS URGENTES E INAPLAZABLES.

La presente convocatoria pública tiene por objeto regular la selección de un titulado universitario en el campo de la ingeniería civil con nivel mínimo MECES 2, para cubrir las necesidades humanas y técnicas requeridas para la creación de una Oficina Técnica y de Proyectos de la sociedad.

Dicha contratación fija se materializará a través de la formalización de un contrato laboral indefinido, conforme a lo previsto en el vigente Convenio Colectivo de Aguas de Lucena SL.

La razón que subyace en la presente convocatoria reside en la imperiosa necesidad de la sociedad de disponer de los recursos humanos y materiales que le permitan, de forma autónoma, acometer los trabajos de planificación, elaboración de estudios y proyectos, elaboración y actualización de planos, dirección de obra, coordinación de seguridad y salud, etc.

La plaza está prevista y dotada en la previsión de Ingresos y Gastos para el ejercicio 2022, aprobada por la Junta General de la Sociedad, en sesión celebrada el 21 de diciembre de 2021.

La contratación que se realice será dotada con las retribuciones correspondientes a su categoría profesional, Técnico Superior, de conformidad con el vigente Convenio Colectivo de Aguas de Lucena SL.

Las funciones encomendadas, a título enunciativo que no limitativo, serán las siguientes:

-Garantizar el cumplimiento de la normativa legal en cuantas materias afecten a su ámbito de responsabilidad.

-Colaborar en la gestión adecuada de los recursos materiales, económicos y logísticos asignados.

-Velar por el cumplimiento y por la adopción de todas las medidas en materia de seguridad y salud que cada actividad requiera, en su ámbito de responsabilidad.

-Elaboración de estudios y proyectos encaminados al mantenimiento, renovación y mejora de las redes de abastecimiento de agua, saneamiento y depuración de aguas residuales.

-Colaborar en la ejecución de las obras a realizar en instalaciones existentes o de nueva planta, relacionadas con el ciclo integral del agua, asumiendo la Dirección de Obra y Coordinación de Seguridad y salud, en su caso.

-Colaborar/gestionar los contratos con empresas colaboradoras y velar por el cumplimiento de los mismos.

-Elaboración de Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares y colaboración en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, para Licitación de Proyectos, conforme a la Ley de Contratos del Sector Público.

-Participar como vocal o presidente en los procedimientos de licitación de los que forme parte, colaborando en el análisis y valoración de las ofertas en los procesos de licitación, así como en la resolución del procedimiento.

-Colabora en la puesta en marcha hasta alcanzar su puesta a régimen de las instalaciones adscritas a su servicio.

-Colaborar en la planificación del mantenimiento, la conservación y explotación de las instalaciones adscritas, optimizando su funcionamiento, tanto funcional como energéticamente, en su ámbito de responsabilidad.

-Realizar propuestas, estudio y ejecución de mejoras en las instalaciones adscritas.

-Colaborar en la Redacción y revisión de Normas para el diseño y construcción de redes y Especificaciones Técnicas de productos, así como elaboración de documentos de referencia para la redacción de proyectos.

-Elaboración y manejo de planos, perfiles, etc.

-Actuar como Recurso Preventivo en las actuaciones que así lo exijan.

-En caso de aplicar, realizar las tareas de retén.

-Y, en general, todas aquellas que se deriven del desempeño del puesto.

La persona candidata que resulte seleccionada en las pruebas selectivas por haber obtenido la máxima puntuación, pasará a formar parte de la plantilla en calidad de Jefe/a de Oficina Técnica.

Las restantes personas candidatas que hayan superado las pruebas selectivas, relacionadas en orden decreciente de puntuación, pasarán a formar parte de una bolsa de expectantes de empleo (Bolsa de Ingeniero Civil) para la cobertura de bajas u otras necesidades inaplazables y urgentes que pudiesen concurrir para garantizar el adecuado desempeño y funcionamiento de los servicios encomendados a la empresa.

La bolsa de expectantes de empleo se regulará por las bases establecidas en el ANEXO III.

La cobertura de necesidades de la bolsa se realizará por riguroso orden de puntuación. En el caso de que dicho aspirante rechace la contratación que se le ofrece, se le excluirá en los llamamientos que se realicen hasta que se agote la lista completa de personas que la integran y vuelva la lista a su posición.

La Bolsa de Expectantes tendrá una vigencia de cuatro años desde la exposición al público de los resultados del proceso selectivo o hasta la realización de una nueva convocatoria.

La presente convocatoria está sometida a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad recogidos en el Convenio Colectivo y demás normativa del sector público, así como a las siguientes bases:

1. SOLICITUD

La Convocatoria y sus Bases serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo habrán de cursar su solicitud conforme al modelo del Anexo II, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, disponiendo de un plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el  Boletín Oficial de la Provincia de la convocatoria.

Las solicitudes, según modelo recogido en el ANEXO II de las presentes bases, se dirigirán a Aguas de Lucena SL, y se presentarán debidamente cumplimentadas, mediante correo electrónico a clientes@aguasdelucena.es o presencialmente mediante registro de entrada en las oficinas de la empresa sitas en avenida Luis Alberto de Cuenca, 80 Local 6 de Lucena (Córdoba), así como los previstos en el artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo (39/2015).

A la misma solicitud, se adjuntará fotocopia del DNI, permiso de conducción, titulación académica, currículum vitae y justificantes de los méritos que aleguen, debidamente cotejados.

La información relativa al proceso selectivo (bases, listas, fechas, fases y plazos) será publicada en la sede electrónica del Ayuntamiento de Lucena y en el tablón de anuncios ubicado en las dependencias de nuestras oficinas de Lucena.

Únicamente se baremarán aquellos méritos acreditados por el aspirante al tiempo de la presentación de su solicitud, sin perjuicio de la posibilidad de subsanación con posterioridad de los documentos justificativos aportados o aclaraciones que pudiese requerir la Comisión Evaluadora al efecto.

Agotado el Plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la publicación de la lista provisional de personas admitidas y excluidas, abriéndose un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión u omisión de las listas de personas admitidas y excluidas. Caso de no presentarse alegaciones y, una vez resueltas las mismas, se aprobará y publicará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. No obstante caso de que todas las personas aspirantes sean admitidas, se podrá entender la lista como definitiva, obviando el trámite previo de aprobación provisional.

La lista definitiva incluirá la designación de miembros de la comisión evaluadora.

2. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES

Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización de los contratos, los siguientes requisitos:

-Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto del Empleado Público.

-Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

-Titulación mínima exigida de universitario en el campo de la ingeniería civil con nivel mínimo MECES 2. En caso de que algún candidato pretenda hacer valer cualquier otra titulación como equivalente a las específicamente identificada, éste habrá de aportar certificado de equivalencia emitido por la autoridad competente en materia educativa o indicar expresamente la concreta norma que disponga la equivalencia entre la titulación acreditada por el aspirante y la específicamente indicada al principio del presente párrafo.

No resultará objeto de valoración la titulación acreditada como requisito para el acceso a la convocatoria.

-Estar en posesión del permiso de conducción clase B.

-No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

-Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

3. PROCESO DE SELECCIÓN

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

1. Fase de Concurso de méritos: Se valorarán los alegados por los interesados/as de acuerdo con el baremo establecido en las bases de esta convocatoria y hasta un máximo de 40 puntos.

2. Prueba de aptitud: Los/as aspirantes serán sometidos/as a una prueba de aptitud consistente en la realización de un ejercicio que tendrá carácter eliminatorio, sobre los conocimientos y habilidades prácticas propias del puesto contenidos en el temario de la convocatoria. La puntuación máxima que podrá otorgarse por esta prueba será de 60 puntos, siendo necesario para superarla alcanzar un mínimo de 50% de la puntuación máxima del ejercicio (30 puntos).

La calificación final de los/as aspirantes vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la prueba de aptitud y de concurso de méritos.

Se entenderá que no han superado las pruebas y quedan excluidos de la Bolsa de Expectantes de Empleo, todos aquellas personas candidatas cuya puntuación o calificación final sea inferior a 50 puntos o la puntuación obtenida en las pruebas de aptitud sea inferior a 30 puntos.

4. BAREMO CONCURSO DE MÉRITOS

El baremo para la selección de aspirantes a este concurso será el siguiente:

4.1 Titulación:

Título universitario en el campo de la ingeniería civil con nivel MECES 3: 3 puntos.

Título universitario en el campo de la ingeniería civil con nivel MECES 4: 4 puntos.

Otras titulaciones regladas relacionadas con el puesto:

-Título Universitario con nivel MECES 2: 1 punto.

-Título Universitario con nivel MECES 3: 1,5 puntos.

Máxima puntuación: 4 puntos.

4.2 Cursos:

Por la participación como asistente o alumno a cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por Instituciones Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua por sus agentes colaboradores, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo, esto, es con la experiencia valorable. Los cursos de formación alegados deberán ser acreditados con el certificado oficial o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, con indicación del número de horas lectivas.

Hasta un mínimo de 25 horas

0,50 puntos

De 50 a 100 horas

1 punto

De 101 a 250 horas

2 puntos

De 251 horas en adelante

3 puntos

-Otros cursos o habilitaciones relacionados con el desempeño del puesto, especialmente los relativos a formación en prevención de riesgos laborales: 0,25 puntos (máximo 1 puntos).

Cuando las horas de cursos individuales sean inferiores al mínimo, se podrán acumular las horas realizadas de varios cursos para su valoración total.

Máxima puntuación: 4 puntos.

4.3 Experiencia profesional:

-En entidades del sector público (administraciones, entidades del sector público institucional) ejerciendo la jefatura directa o dirección superior de servicios de ingeniería de proyectos y obras:

a) De redes de abastecimiento y saneamiento: 1,00 puntos por cada mes completo.

b) En general: 0,5 puntos por cada mes completo.

-En otras empresas ejerciendo la jefatura directa o dirección superior de servicios de explotación y/o servicios de ingeniería de proyectos y obras de redes de abastecimiento y saneamiento:

a) De redes de abastecimiento y saneamiento: 0,35 puntos por cada mes completo.

b) En general: 0,25 puntos por cada mes completo.

La experiencia deberá acreditarse mediante contrato de trabajo e informe de vida laboral, debiendo asimismo aportarse cuantos documentos justifiquen la efectiva prestación de tales funciones.

Máxima puntuación: 30 puntos.

4.4 Idiomas:

Conocimiento de idiomas: inglés u otros. La formación alegada deberá acreditarse mediante certificados de capacitación lingüística reconocidos, ya sea a nivel nacional o internacional, y habrán de corresponderse con los distintos niveles del Marco Europeo de Referencia para las Lenguas. Solo se valorará un nivel de cada idioma, aunque se posean los superiores.

-Certificado Nivel B1: 0.5 punto.

-Certificado Nivel B2: 1,0 puntos.

-Certificado Nivel C1: 1,5 puntos.

-Certificado Nivel C2: 2,0 puntos.

Puntuación máxima: 2 puntos.

5. COMISIÓN EVALUADORA

El tribunal calificador estará integrado por cinco personas, designadas por el Consejo de Administración, de las cuales una será el/la presidente/a, tres actuarán como vocales y otra como secretario; todos ellos con voz y voto.

Su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El Consejo de Administración podrá solicitar el auxilio de personal técnico cualificado de los Servicios Operativos del Excmo. Ayuntamiento de Lucena.

La pertenencia al tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

Los vocales del tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.

El tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

El tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del presidente, un vocal y el secretario. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes.

Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover su recusación en los casos previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el tribunal se clasifica en la categoría tercera.

Los/las miembros de la Comisión habrán de tener cualificación para ejercer su labor evaluadora. Siempre que sea posible serán de igual o superior categoría, titulación y/o nivel, y de la especialidad o especialidades más afines a la plaza convocada. En cualquier caso, ambas partes podrán recabar asesoramiento de personas de reconocida capacitación técnica, relacionadas con el tipo de puesto de trabajo a cubrir. Su composición tenderá a la paridad entre hombre y mujer siempre que resulte posible.

Los miembros deberán abstenerse de actuar si en ellos concurriera alguna de las causas de incompatibilidad definidas en la legislación de procedimiento administrativo.

La Comisión decidirá sobre cuantas cuestiones o incidentes se planteen durante el desarrollo del proceso selectivo, estando facultada para interpretar las bases a tales efectos.

6. ACCESO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

6.1. El tribunal de selección adoptará las medidas oportunas que permitan a los/as aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

6.2. El tribunal de selección aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

7. FASE DE CONCURSO DE MÉRITOS. RELACION VALORADA DE MÉRITOS

En primer lugar se celebrará la fase de concurso de méritos a cuyos efectos se convocará y constituirá la comisión de valoración procediendo a evaluar, conforme a los criterios de baremación establecida en el punto 4, los méritos alegados y debidamente acreditados por los/as participantes, confeccionando una lista provisional de las personas candidatas ordenada de mayor a menor puntuación que se publicará en el tablón de anuncios de las oficinas de Aguas de Lucena y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Lucena, concediéndose un plazo de 5 días naturales para formular reclamaciones, en su caso.

Las reclamaciones se podrán presentar por las mismas vías utilizadas para la presentación de solicitudes, debiendo hacerse de forma razonada y justificada.

De no presentarse reclamaciones por parte de los/as participantes en el plazo otorgado, la relación será definitiva.

En caso de presentarse alegaciones, una vez resueltas por la Comisión de Valoración, se publicará, en los mismos medios, la lista definitiva de la valoración de méritos alegados por las personas candidatas.

La publicación de la lista definitiva de los méritos se acompañará de la fecha, lugar y hora de la convocatoria para la celebración de las pruebas de aptitud que, en todo caso, tendrá lugar transcurrido un plazo mínimo de 72 horas desde la publicación de la lista de méritos.

8. PRUEBAS DE APTITUD. RELACIÓN VALORADA DE CALIFICACIONES EN PRUEBAS

Las pruebas de aptitud consistirán en la realización de una prueba teórico-práctica, consistente en la realización de un ejercicio que tendrá carácter eliminatorio, sobre los conocimientos y habilidades prácticas propias del puesto, en relación a los contenidos expuestos en el temario del ANEXO I de la presente convocatoria.

La puntuación máxima de esta prueba es de 60 puntos. Se entenderá que no han superado la prueba las personas candidatas que obtengan una puntuación inferior al 50% de la puntuación máxima posible, es decir, a 30 puntos.

Evaluados los ejercicios por la Comisión de Valoración, se elaborará una relación valorada de la puntuación obtenida por cada candidato, ordenada de mayor a menor que será publicada en los mismos medios previstos en el apartado 1 y 5 de las bases reguladoras de la presente convocatoria.

Para asistir a la prueba de aptitud, las personas candidatas deberán portar y exhibir el DNI.

9. RELACIÓN Y PROPUESTA DE SELECCIONADOS/AS

La puntuación final de los/as aspirantes vendrá determinada por la suma de la puntuación otorgada en las fases de pruebas de aptitud y de concurso de méritos.

La Comisión Evaluadora, elevará a la Dirección de Aguas de Lucena SL, la propuesta para la contratación laboral indefinida del candidato/a que haya obtenido la mayor puntuación.

Asimismo, propondrá la creación de una bolsa de expectantes de empleo (Bolsa de Ingenieros Civiles) para la cobertura de bajas u otras necesidades inaplazables y urgentes que pudiesen concurrir para garantizar el adecuado desempeño y funcionamiento de los servicios encomendados a la empresa, constituida por la relación del resto de candidatos por orden decreciente en las calificaciones obtenidas, adjudicándose la cobertura de las necesidades en función del orden obtenido por los aspirantes en la relación de aprobados, excluido el candidato contratado.

En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma puntuación total, el empate se resolverá en favor del aspirante que haya acreditado mayor titulación. De persistir el empate, se resolverá a favor del aspirante que haya alcanzado una mayor puntuación en el apartado de experiencia de la fase de concurso de méritos. Finalmente, si se mantuviese el empate, el mismo se resolverá mediante sorteo.

La solicitud presentada para la participación en la presente convocatoria supone, tácitamente, la aceptación de las premisas contenidas en las presentes bases.

10. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y CONTRATACIÓN

Al efectuarse el llamamiento, los/as aspirantes propuestos/as deberán presentar los siguientes documentos acreditativos de la capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:

a. Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, así como de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específicas señaladas en la legislación vigente.

b. Declaración jurada de no tener otro empleo público en el momento del nombramiento, ni ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar.

c. La capacidad funcional se acreditará mediante reconocimiento médico previo a la firma del contrato, por el servicio de prevención ajeno de esta empresa.

Si dentro de plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentase la documentación requerida no podrá ser admitido y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

11. DATOS PERSONALES

De conformidad con lo establecido en el Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, se establece que los datos personales facilitados los aspirantes y los que se generen durante su participación en el proceso selectivo serán almacenados en un fichero informatizado titularidad de Aguas de Lucena SL, con la finalidad exclusiva de la conformación de la Bolsa de trabajo correspondiente. La participación en el proceso selectivo es voluntaria por lo que la remisión de los datos personales supone el consentimiento expreso para el tratamiento de los mismos con la finalidad indicada, sin perjuicio de que pueda revocarse el consentimiento prestado, así como ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación mediante escrito dirigido al Área de Dirección de Aguas de Lucena SL, avenida Luis Alberto de Cuenca, 80 Local 6, 14900 - Lucena (Córdoba), en los términos previstos en la normativa aplicable.

Lucena, 3 de octubre de 2022. Firmado electrónicamente por la Consejera delegada, María del Carmen Beato Cañete. 


Adjuntos: 3720_anexos.pdf |

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