Boletín nº 79 (27-04-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Fernán-Núñez
Nº. 1.555/2023
DON ALFONSO ALCAIDE ROMERO, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE FERNÁN-NÚÑEZ (CÓRDOBA), HACE SABER:
Que por este Ayuntamiento de Fernán-Núñez, se va a proceder a la elección de JUEZ DE PAZ SUSTITUTO, de esta Villa de conformidad con lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/85 del Poder Judicial y artículo 4 y 5,1 del Reglamento de los Jueces de Paz, de 7 de junio de 1995.
Por ello, todas las personas interesadas, que reúnan los requisitos legales podrán solicitar a este Ayuntamiento ser propuesta para su nombramiento en dichos cargos, por un período de cuatro años.
Podrán ser nombrados jueces de Paz, todos los españoles, mayores de edad y que no se encuentren incursos, en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ni de incompatibilidad previstas en los artículos 389 a 397 de la misma Ley.
En la solicitud a la que se acompañará, fotocopia del DNI y los méritos que se posean, y en su caso, aleguen, se declarara expresamente que se reúnen todos los requisitos establecidos por la Ley, y que no se encuentra incurso en ninguna de las causas de incapacidad ni incompatibilidad previstas en la Leyes, para el desempeño del cargo de las funciones judiciales. Se adjunta modelo de solicitud al presente Bando, la cual debe ser presenatada para su admisión.
Se presentarán en el Registro de Entrada de Documentos de este Ayuntamiento o en la forma que determina el artículo 16,4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas 39/2015, de 1 octubre, durante el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, siguientes a la publicación de este anuncio en el Boletínn Oficial de la Provincia, que se envía en el día de hoy.
El Ayuntamiento Pleno, de entre la solicitudes presentadas, efectuará una propuesta que será remitida, por conducto del Juzgado de primera Instancia y de Instrucción de este Partido Judicial, a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con la finalidad de que efectúa los nombramientos definitivos.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
Fernán-Núñez, 19 de abril de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Alfonso Alcaide Romero.