Boletín nº 91 (16-05-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fernán-Núñez

Nº. 1.801/2023

En la Villa de Fernán-Núñez, en virtud de mis atribuciones, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN:

APROBANDO INICIALMENTE EL ESTUDIO DE DETALLE ORDENACIÓN PORMENORIZADA DE VIARIO PRINCIPAL Y DE SERVICIO DEL TRAMO DE LA TRAVESÍA DE FERNÁN-NÚÑEZ (AVENIDA JUAN CARLOS I) QUE VA DESDE SU NUDO 1 (CRUCE DE ESTA CON EL CAMINO DE LAS HUERTAS) HASTA SU NUDO 2 (CRUCE DE ESTA CON LA CARRETERA DE SAN SEBASTIÁN CO-3301).

Visto que el Ayuntamiento de Fernán-Núñez considera necesaria, a los efectos de completar las determinaciones de la ordenación pormenorizada, la aprobación del ESTUDIO DE DETALLE ORDENACIÓN PORMENORIZADA DE VIARIO PRINCIPAL Y DE SERVICIO DEL TRAMO DE LA TRAVESÍA DE FERNÁN-NÚÑEZ (AVENIDA JUAN CARLOS I) QUE VA DESDE SU NUDO 1 (CRUCE DE ESTA CON EL CAMINO DE LAS HUERTAS) HASTA SU NUDO 2 (CRUCE DE ESTA CON LA CARRETERA DE SAN SEBASTIÁN CO-3301), contratado Ayuntamiento de Fernán-Núñez al Arquitecto don Francisco Javier Aragonés Morales.

RESULTANDO. Que con fecha 16 de marzo de 2023, el Servicio de Arquitectura y Urbanismo de Diputación emite informe favorable indicando lo siguiente: Analizada la tramitación, contenido documental y determinaciones del Estudio de Detalle en relación con las exigencias de la legislación urbanística y del planeamiento de rango superior, por lo que se informa favorablemente desde el punto de vista técnico jurídico a los efectos de su aprobación inicial, correspondiendo al Ayuntamiento la valoración de su conveniencia y oportunidad.

RESULTANDO. Que el ámbito del Estudio de Detalle es el indicado en los planos de este. Como se expone en el Estudio de Detalle, en su documentación anexa y en el informe de fecha 22 de marzo de 2023, redactado por el Arquitecto don Francisco Javier Aragonés Morales este ámbito no excede la clasificación de suelo urbano ni el suelo calificado como viario en las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes en el Municipio.

RESULTANDO. Que el ámbito de la Travesía ordenado por el Estudio de Detalle es de titularidad del Ayuntamiento de Fernán-Núñez según cesión del Ministerio de Fomento realizada mediante convenio firmado el 28 de noviembre de 2007.

RESULTANDO. Que según la información obrante en el expediente, no haría falta solicitar informes sectoriales.

RESULTANDO. Que se ha emitido Informe-Propuesta del Técnico del Servicio de Urbanismo, en el aspecto jurídico.

CONSIDERANDO. Que en el expediente se ha seguido el procedimiento establecido en los artículos 60, 71, 75 a 77, 81 a 84 y disposición transitoria séptima de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía. Y los artículos 94, 102 a 110 y 112 del Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, aprobado por Decreto 550/2022, de 29 de noviembre.

Visto que la aprobación inicial corresponde a la Alcaldía conforme a lo establecido en el artículo 21.1.j) de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por la presente,

VENGO A RESOLVER

PRIMERO. Aprobar inicialmente el siguiente ESTUDIO DE DETALLE ORDENACIÓN PORMENORIZADA DE VIARIO PRINCIPAL Y DE SERVICIO DEL TRAMO DE LA TRAVESÍA DE FERNÁN-NÚÑEZ (AVENIDA JUAN CARLOS I) QUE VA DESDE SU NUDO 1 (CRUCE DE ESTA CON EL CAMINO DE LAS HUERTAS) HASTA SU NUDO 2 (CRUCE DE ESTA CON LA CARRETERA DE SAN SEBASTIÁN CO-3301).

SEGUNDO. Abrir un período de información pública por período de veinte días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica del Ayuntamiento [https://fernannunez.es/].

Durante el periodo de información pública, quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, a los efectos de que se presenten las alegaciones y sugerencias que se consideren pertinentes.

TERCERO. Notificar a los propietarios de terrenos comprendidos en el ámbito afectado por el Estudio de Detalle, la apertura del trámite de información pública con indicación de la duración y objeto, para que el trámite surta los efectos propios de audiencia.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, don Alfonso Alcaide Romero en Fernán-Núñez.

Por la Secretaria se toma razón, para su transcripción en el libro de resoluciones, a los efectos de garantizar su integridad y autenticidad (artículo 3.2 RD 128/2018, de 16 de marzo).

Fernán-Núñez, 28 de abril de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Alfonso Alcaide Romero.

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