Boletín nº 103 (02-06-2023)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 2.358/2023

Por el Pleno de la Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria, celebrada el día 17 de mayo de 2023, se ha acordado prestar su aprobación inicial a la modificación del Reglamento Regulador del procedimiento de selección para la cobertura de necesidades temporales de efectivos de personal de la Diputación de Córdoba, en sus artículos:

-Artículo 3, apartado tercero: supresión de la expresión no dando lugar a retrocesos.

-Artículo 4, párrafo primero: se añade un período superior a nueve meses para los supuestos de llamamiento de personas aspirantes que formen parte de varias Bolsas de Trabajo.

-Se añade una Disposición Adicional Primera sobre Bolsas de trabajo derivadas de los procesos selectivos de estabilización:

1. Como desarrollo de la previsión contenida en el párrafo segundo de la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aquellas personas con nombramiento interino o contrato temporal que no resulten nombradas como personal funcionario de carrera o contratadas como personal laboral fijo tras la resolución de las convocatorias de estabilización para cubrir de forma definitiva las plazas que ocuparan de forma interina o temporal a la fecha de aprobación de la Oferta de Empleo Público de Estabilización del año 2021, complementada con la Oferta de Empleo Público de Estabilización del año 2022, se integrarán en una Bolsa de Trabajo, específica y preferente, de la respectiva categoría profesional del proceso que se hubiese convocado y adjudicado por el procedimiento extraordinario de estabilización, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

a) Cuando el sistema de selección sea el concurso de méritos, la puntuación mínima obtenida por la/s persona/a a incluir en la Bolsa de Trabajo sea igual o superior a 90 puntos.

b) Cuando el sistema de selección sea el concurso-oposición, la puntuación mínima obtenida por la/s persona/a a incluir en la Bolsa de Trabajo sea sea igual o superior a 70 puntos.

c) Que las personas afectadas tengan una antigüedad mínima de 4 años en la Diputación Provincial de Córdoba dentro de los 10 últimos años a la entrada en vigor de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

2. Las personas incluidas en las Bolsas de Trabajo de carácter específico y preferente serán ordenadas en función de la puntuación obtenida en el correspondiente proceso selectivo de estabilización que no hayan no superado.

3. En el supuesto de que se constituyan dos Bolsas de Trabajo de una misma categoría procedentes de la finalización de procesos selectivos de estabilización por concurso de méritos y concurso-oposición, las personas que formen parte de las mismas se integrarán en un única Bolsa de Trabajo de la categoría respectiva, ordenándose aquéllas según la puntuación obtenida en cada proceso selectivo de estabilización no superado.

4. Las personas que formen parte de las nuevas Bolsas de Trabajo constituidas con arreglo a los anteriores criterios tendrán preferencia en el llamamiento respecto a aquéllas incluidas en las correspondientes Bolsas de Trabajo de carácter ordinario del turno libre procedentes de las Ofertas de Empleo Público de la misma categoría profesional.

5. Las Bolsas de Trabajo específicas y preferentes que puedan constituirse conforme a esta disposición adicional estarán vigentes hasta que finalice el procedimiento extraordinario de estabilización en los términos del artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, a efectos de información pública y por el plazo de 30 días, durante los cuales el expediente se encuentra a disposición de los/as interesados/as en el Servicio de Recursos Humanos de esta Diputación, pudiéndose presentar las alegaciones que consideren oportunas. En caso de no presentarse reclamaciones o sugerencias, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional.

EL PRESIDENTE

PD EL DIPUTADO DE RECURSOS HUMANOS

Fdo. Esteban Morales Sánchez.

Córdoba, 30 de mayo de 2023. Firmado electrónicamente por el Diputado ITIIE en funciones, Esteban Morales Sánchez.

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