Boletín nº 111 (14-06-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Puente Genil
Nº. 2.485/2023
De conformidad con lo dispuesto al respecto por los artículos 169 y 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales; y 20 y 42 de Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y habida cuenta de que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de abril de 2023, aprobó con carácter provisional el expediente nº 9/2023 de Modificación Presupuestaria, por Suplemento de Crédito, a aprobar por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, se hace constar el siguiente resumen:
TERCERO. Las aplicaciones presupuestarias cuyos créditos se suplementan por medio del presente expediente son las siguientes:
Aplicación presupuestaria |
Denominación |
Euros |
231.0.226.99 |
Servicios Sociales. Gastos Diversos |
10.000,00 € |
334.0.226.09 |
Promoción Cultural. Activ. Culturales |
30.000,00 € |
338.0.226.99 |
Festejos. Gastos Diversos |
60.000,00 € |
231.2.227.99 |
Dependencia. Serv. Prest. OO. EE. |
54.459,80 € |
920.0.227.06 |
Serv. Grales. Estudios y Trabajos Tcos. |
282.663,75 € |
431.0.479.00 |
Subv. Centro Comercial Abierto |
60.000,00 € |
341.0.480.09 |
Subv. Concesionario Piscina Cubierta |
18.054,00 € |
341.0.480.19 |
Subv. Club Fútbol Salerm Cosmetics |
15.000,00 € |
341.0.481.03 |
Subv. Club Baloncesto |
10.000,00 € |
Total Suplemento de Crédito |
540.177,55 € |
CUARTO. Esta modificación se financia con cargo al Remanente Líquido de Tesorería para Gastos Generales, resultante de la Liquidación del ejercicio anterior:
Aplicación presupuestaria |
Denominación |
Euros |
870.00 |
REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES |
540.177,55 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición del dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del Acto o Acuerdo impugnado.
Puente Genil, a 5 de junio de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde en funciones, Esteban Morales Sánchez.