Boletín nº 118 (23-06-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo

Nº. 2.620/2023

DON JOSÉ IGNACIO EXPÓSITO PRATS, ALCALDE-PRESIDENTE EN FUNCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ESTA CIUDAD, HACE SABER:

Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, de fecha 12 de mayo de 2023, aprobó inicialmente las modificaciones que a continuación se detallan del Reglamento interno de la Policía Local aprobado y publicado definitivamente en el Boletínn Oficial de la Provincia, de fecha 24 de abril de 2020:

Modificaciones:

Donde dice:

Artículo 78.

Las plazas de Oficial, Subinspector, e Inspector de la Policía Local de Peñarroya-Pueblonuevo que se hallen vacantes se proveerán, siempre mediante promoción interna por el sistema de concurso-oposición, dejando a salvo aquellos nombramientos accidentales por Decreto de Alcaldía que obedezcan a razones de urgencia, si bien en el caso de la de Oficial también se podrá optar por el procedimiento de concurso de méritos, respetando, para todas ellas, la reserva para movilidad prevista en el artículo 24 del Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía o normativa que lo sustituya, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la legislación vigente.

En estos casos deberán:

a) Tener una antigüedad mínima de dos años en el empleo de Policía cuando se opte al empleo de Oficial.

b) Tener una antigüedad mínima de dos años en el empleo de Oficial o Subinspector, cuando se opte a los de Subinspector e Inspector, respectivamente.

Debera decir:

Artículo 78.

A la categoría de Oficial se accederá por promoción interna, respetando la reserva para movilidad prevista en el artículo 45 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía; si estas vacantes reservadas a la promoción interna no se pudieran proveer por dicho sistema, por falta de solicitantes, de cumplimiento de los requisitos de los aspirantes, o fuesen declaradas desiertas, se recurrirá sucesivamente al sistema de movilidad y turno libre. La plaza de Subinspector de la Policía Local, al ser la máxima categoría del Cuerpo de la Policía Local de Peñarroya-Pueblonuevo, podrá cubrirse por los sistemas de acceso de promoción interna, movilidad, o turno libre, según opte el municipio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.

Los procedimientos de selección para las plazas de Oficial de la Policía Local serán el procedimiento de concurso-oposición, o el concurso de méritos, según opte el municipio. El procedimiento de selección para las plazas de Subinspector de la Policía Local, será en todo caso el de concurso-oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.2 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.

Incluir en el artículo 109.6.- Limitación de servicios extraordinarios en otros municipios.

1 al mes.

2 al mes de manera excepcional, siempre y cuando se realice el servicio extraordinario en el mismo Partido Judicial.

Lo que se hace público para general conocimiento y a fin de que durante el plazo de un mes, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados puedan presentar las reclamaciones y sugerencias, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen local.

Durante dicho plazo, en el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo se entenderá definitivamente aprobada el acuerdo de aprobación inicial de la modificación del Reglamento interno de la Policía Local de este Excmo. Ayuntamiento.

Peñarroya-Pueblonuevo, 8 de junio de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Ignacio Expósito Prats.

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