Boletín nº 130 (11-07-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 3.055/2023

Título: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE INCLUSIÓN SOCIAL Y LABORAL DE LA POBLACIÓN VULNERABLE DE CÓRDOBA DESDE LA INNOVACIÓN Y EL EMPRENDIMIENTO SOCIAL PARA 2023.

BDNS (Identif.) 707265

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/707265)

PRIMERO. Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias las entidades con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro, que sin encontrarse en ninguno de los supuestos de exclusión para la obtención de ayudas públicas a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cumplan los siguientes requisitos:

-No haber recibido ni solicitado ninguna otra subvención o ayuda de entidades públicas o privadas para el proyecto presentado

-Tener la sede o una delegación en la ciudad de Córdoba antes del 1 de enero del año en que se publique la convocatoria.

-Designar a una persona incorporada a su organización como representante ante el Ayuntamiento de Córdoba para la gestión del proyecto.

-No tener pendiente de justificación ninguna subvención del Ayuntamiento de Córdoba recibida con anterioridad por causa imputable a la entidad beneficiaria.

-Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

-Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento de Córdoba.

SEGUNDO. Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto apoyar la implementación de proyectos que propongan soluciones a los retos y/o desafíos que plantea la inclusión social y laboral de la población en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo en el municipio de Córdoba desde la innovación y el emprendimiento social; según las líneas de actuación incluidas en la Base quinta de la convocatoria (contenido y condiciones de los proyectos a subvencionar), cuya adjudicación se llevará a efecto mediante el sistema de concurrencia competitiva

TERCERO. Bases Reguladoras

El marco general que regula todas las convocatoria de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Córdoba, se encuentra recogido en la Ordenanza General del Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba (BOP nº 167, de 3/10/2005), accesible desde la siguiente dirección:

URL:https://www.cordoba.es/el-ayuntamiento/ordenanzas-bandos-y-otros/ordenanzas-y-reglamentos-municipales-no-fiscales/subvenciones-y-patrocinios

La consulta a las Bases de la convocatoria que por este Anuncio se publicitan, podrá efectuarse a través de la siguiente dirección:

Bases y convocatoria de subvenciones para proyectos para la inclusión social y laboral

URL: https://ssm.cordoba.es/

CUARTO. Cuantía

La cantidad destinada a subvencionar los proyectos objeto de esta convocatoria es de DOSCIENTAS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTAS OCHENTA EUROS (244.480,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria Z E10 2310 48901 0 del Presupuesto Municipal vigente.

El importe de cada una de las subvenciones concedidas vendrá determinado por la cuantía solicitada, que no podrá ser inferior a 30.000 € ni exceder de 100.000 €.

El importe de la aplicación presupuestaria se distribuirá entre los proyectos con mayor puntuación en orden decreciente hasta agotar el crédito total disponible.

QUINTO. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

SEXTO. Justificación

Las entidades beneficiarias deberán justificar ante el Ayuntamiento de Córdoba, en el plazo de los dos meses siguientes a la finalización de sus respectivos proyectos, memoria de actividad, así como memoria económica justificativa del destino dado a los fondos recibidos.

Córdoba, 7 de julio de 2023. Firmado electrónicamente por la Teniente de Alcalde de la Delegación de Servicios Sociales y Mayores, María Evarista Contador Contador.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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