Boletín nº 132 (13-07-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Bujalance

Nº. 2.754/2023

Esta Alcaldía-Presidencia ha dictado las siguientes resoluciones:

-Resolución Núm. 1394/2023, de fecha 21 de junio:

Vista la celebración de las elecciones municipales del día 28 de mayo de 2023, y habiéndose procedido el día 17 de los corrientes, a la constitución de la nueva Corporación Local, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Bujalance, aprobado por el Pleno de fecha 30 de junio de 2004,

RESUELVO:

PRIMERO: Designar TENIENTES DE ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO, a los efectos previstos en el artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y el Reglamento Orgánico de este Ayuntamiento, a los siguientes Concejales:

1 ER TENIENTE DE ALCALDE: DON JUAN MORALES MOSQUERA.

2º TENIENTE DE ALCALDE: DOÑA MARÍA JOSÉ DE LA ROSA MESTANZA.

3 ER TENIENTE DE ALCALDE: DON ANTONIO PAVÓN GARCÍA.

4º TENIENTE DE ALCALDE: DOÑA MARÍA DEL CARMEN HORTELANO CUENCA.

A los Tenientes de Alcalde nombrados, previa aceptación de su cargo, les corresponde en cuanto a tales, sustituir a la Alcaldesa en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a ésta para el ejercicio de sus atribuciones.

SEGUNDO: Notificar personalmente la presente resolución a los designados que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la Resolución de nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo, igualmente publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la presente resolución por la Sra. Alcaldesa.

TERCERO: Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de la presente resolución en la primera sesión que se celebre, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 46.1, párrafo segundo del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

-Resolución Núm. 1395/2023, de fecha 21 de junio:

Una vez constituida la nueva Corporación Municipal el pasado día 17 de junio de 2023, y a la vista de lo dispuesto en los artículos 20.1.b) y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y los artículos 35.2 y 52 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Bujalance, aprobado por el Pleno de fecha 30 de junio de 2004,

RESUELVO:

PRIMERO: Designar miembros de la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL de este Ayuntamiento, como órgano preceptivo de este Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 52.2 d) y 16 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Bujalance, a los Concejales que se expresan, quedando constituida bajo mi presidencia, en la siguiente forma:

Presidenta: Doña Elena Alba Castro.

Vocales:

Don Juan Morales Mosquera.

Doña María José de la Rosa Mestanza.

Don Antonio Pavón García.

Doña María del Carmen Hortelano Cuenca.

SEGUNDO: Establecer las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento que tendrán lugar con periodicidad quincenal: primer y tercer martes de cada mes, a las 12:00 horas.

TERCERO: Notificar la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la presente resolución al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo. Igualmente publicar la presente en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de esta por la Alcaldesa.

CUARTO: Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de la presente resolución, en la primera sesión que se celebre, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 46.1 párrafo segundo del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

-Resolución Núm. 1397/2023, de fecha 21 de junio:

Una vez celebradas las elecciones locales el pasado 28 de mayo del año en curso y, vista la sesión constitutiva de este Ayuntamiento el día 17 de los corrientes, en uso de las facultades que me confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, de conformidad con los artículos 43, 44 y 45 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y conforme a lo previsto en el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Bujalance, aprobado por el Pleno de este con fecha 30 de junio de 2004,

RESUELVO:

PRIMERO: LA DELEGACIÓN DE ÁREAS MUNICIPALES queda conformada de la siguiente forma:

CONCEJAL/A DELEGADO/A

ÁREAS

JUAN MORALES MOSQUERA

-Calidad y Protección Ambiental

-Agricultura y Caminos Rurales

-Empleo y Desarrollo Económico

MARÍA JOSE DE LA ROSA MENSTANZA

-Inclusión Social y Familia

-Igualdad

-Limpieza Viaria, Seguridad Ciudadana y Festejos

ANTONIO PAVÓN GARCÍA

-Cultura y Patrimonio Histórico

-Relaciones Institucionales y Protocolo

-Promoción de la Escuela Municipal de Música y Dirección de Proyectos de Educación Musical

-Asociacionismo y Participación Ciudadana

MARÍA DEL CARMEN HORTELANO CUENCA

-Juventud

-Salud y Consumo

PEDRO MIGUEL RAMOS RUIZ

-Promoción del Deporte y Dirección de Proyectos e instalaciones deportivas

Protección Civil

JULIANA MARÍA DELGADO JURADO

-Mantenimiento, Vía Pública, Parques y Jardines.

-Turismo

MANUEL ÁNGEL ROMERA FÉLIX

-Educación e Infancia

-Representante de la Alcaldía en Morente.

El resto de áreas y materias no contenidas en las Delegaciones indicadas anteriormente, Presidencia, Régimen Interior: Personal, Urbanismo y Obras y Economía y Hacienda, quedarán aglutinadas en la AlcaldíaPresidencia de este Ayuntamiento.

SEGUNDO

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