Boletín nº 135 (18-07-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Rute
Nº. 2.873/2023
El Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Rute ha dictado Decreto de Alcaldía nº 1641, de fecha 28 de junio de 2023, que literalmente dice:
"DECRETO DE ALCALDÍA
Considerando la celebración de elecciones municipales el pasado día 28 de mayo de 2023, y habiéndose procedido el día 17 de junio de 2023 a la constitución de la nueva Corporación Local.
Visto que, de conformidad con los artículos 20.1. b) y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y 4.1 Reglamento Orgánico Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Rute, la Junta de Gobierno Local es un órgano colegiado necesario.
Considerando que, de conformidad con los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y 3 y 18.1 a 18.3 del Reglamento Orgánico Municipal del Excmo.
Ayuntamiento de Rute, la Junta de Gobierno Local está integrada por el Alcalde y un número de Concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados líbremente por resolución de alcaldía en el plazo de treinta días desde la constitución del Ayuntamiento, da la que se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y que será asimismo objeto de notificación y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de Resolución por el Alcalde, si en ella no se dispusiera otra cosa.
Considerando que, de conformidad con los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y 18.4 del Reglamento Orgánico Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Rute, corresponden a la Junta de Gobierno Local la asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones y aquellas funciones que sean delegadas por el Alcalde u otro órgano municipal, u otorgada por atribución de la Ley.
Considerando el Decreto 1631, de 28 de junio de 2023, así como las Bases de Ejecución del Presupuesto.
De acuerdo con lo anterior, RESUELVO
PRIMERO. Que la Junta de Gobierno Local presidida por el Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, estará integrada por los siguientes Concejales:
-Doña Ana Cobos Molina.
-Don Rafael García Garrido.
-Doña Ana Barea González.
-Don Francisco Jesús Fernández Osuna.
Serán suplentes de los miembros de la Junta de Gobierno Local, los señores Concejales:
-Doña Dolores Ortega Pacheco.
-Don Manuel Luque Muñoz.
SEGUNDO. Corresponde a la Junta de Gobierno Local, además de la asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones.
Igualmente, se delega en la Junta de Gobierno Local la competencia de gestionar y resolver actos administrativos, incluso los que afecten a terceros, sobre los siguientes expedientes:
1. Licencias de parcelación y segregación.
2. Expedientes sancionadores urbanísticos, reposición de la legalidad urbanística y ruina urbanística.
3. Resoluciones de calificación ambiental y las licencias de actividad, apertura y puesta en marcha.
4. Expedientes sancionadores en materia de actividades, ruidos y salubridad.
5. Convocatoria, aprobación de bases, concesión y justificación de subvenciones, de conformidad con las Bases de Ejecución del Presupuesto.
TERCERO. La periodicidad de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local será quincenal.
CUARTO. Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa.
QUINTO. Remitir Resolución del nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba para su publicación en el mismo y publicar en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde la presente resolución.
SEXTO. Dar cuenta de esta resolución al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre.
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.
Rute, 29 de junio de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, David Ruiz Cobos.