Boletín nº 139 (24-07-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba

Nº. 3.196/2023

Expediente nº: 2025/2022.

Resolución de la Alcaldía-Presidencia.

Procedimiento: Selecciones de Personal y Provisiones de Puestos.

RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA

Antecedentes de hecho

PRIMERO. Que se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de este Ayuntamiento referente a la convocatoria de una plaza de técnico de administración especial, denominado Letrado Municipal, grupo A, subgrupo A1, mediante el sistema de concurso-oposición en turno libre.

SEGUNDO. Que concluidas las pruebas selectivas por RESOLUCIÓN de la Alcaldía-Presidencia número 2023-0112 se nombró como funcionario en prácticas, Técnico de Administración Especial, en la categoría de Letrado Municipal, grupo A, subgrupo A1, a don Francisco José GARCÍA SALAS, con DNI 7*.7*5.*6*-Y.

TERCERO. Que con fecha 13.07.2023 se ha recibido informe académico favorable de por parte del tutor, de conformidad con lo dispuesto en la base 7.5 de la Convocatoria, relativo a la superación de las fase de prácticas; con la misma fecha, se reúne el tribunal calificador, en la que tras las deliberaciones oportunas, propone el nombramiento de funcionario de carrera a favor del aspirante que ha superado el proceso selectivo.

Fundamentos de derecho

I

Que la competencia para el nombramiento de funcionario de carrera, corresponde al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g).- y h).- de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

II

Que en cuanto al fondo del asunto, resulta aplicable las Bases de la Convocatoria, aprobadas mediante RESOLUCIÓN de la Alcaldía-Presidencia número 2022-0199, así como el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sin perjuicio de cualquier otra que resulte aplicable.

Visto los documentos obrantes en el expediente administrativo, visto los informes, la legislación aplicable, y que se han observado todas las formalidades establecidas por el ordenamiento jurídico vigente

RESUELVO

PRIMERO. Nombrar como funcionario de carrera del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, en la plaza de Técnico de Administración Especial, grupo A, subgrupo A1, denominado Letrado Municipal, al siguiente aspirante:

APELLIDOS

NOMBRE

NIF

GARCÍA SALAS

Francisco José

7*.7*5.*6*-Y

SEGUNDO. El aspirante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, deberá prestar acto de acatamiento a la Constitución, de conformidad con lo establecido en Real Decreto 7070/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas.

TERCERO. Notificar la presente RESOLUCIÓN al interesado, a la Intervención General de Fondos y Tesorería de este Ayuntamiento, así como al área de personal a los efectos que legalmente procedan; dar cuenta al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que se celebre y publicar esta RESOLUCIÓN en el Boletín Oficial de la Provincia así como en el tablón de anuncios/edictos de este Ayuntamiento.

CUARTO. Contra esta RESOLUCIÓN, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.6 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de que alternativamente pueda interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante Ssª. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo en tanto no recaiga resolución expresa o presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.1 y 123 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime pertinente.

En Villanueva de Córdoba, a 13 de julio de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Isaac Reyes Vioque.

Aviso jurídico

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