Boletín nº 139 (24-07-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Pozoblanco
Nº. 3.281/2023
Título: Extracto de la Resolución de Alcaldía nº 2023/00003481, de 18/07/2023, por la que se convocan subvenciones en materia de Cooperación Internacional al Desarrollo del Tercer Mundo de la Concejalía de Inmigración para el año 2023 mediante el Régimen de concurrencia competitiva.
BDNS (Identif.) 709060
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/709060)
PRIMERO. Beneficiarios
Colectivos locales que desarrollen proyectos de Cooperación Internacional.
SEGUNDO. Finalidad
La concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Pozoblanco tiene como finalidad, entre otras, la de fomentar el desarrollo de actividades de utilidad pública o interés social y consolidar el movimiento asociativo pozoalbense, estableciendo una línea de apoyo para el desarrollo de sus programas o actividades.
TERCERO. Bases reguladoras
En sesión ordinaria de Pleno, celebrada el 28 de octubre de 2013, se aprobó inicialmente la Ordenanza General reguladora de la concesión de Subvenciones por el Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco al amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, de fecha 7 de noviembre de 2013, y en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, no habiéndose formulado alegaciones durante el período de información pública, queda definitivamente aprobado el acuerdo y por lo tanto el texto de la Ordenanza, publicándose íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia número 245, de 27 de diciembre de 2013.
CUARTO. Cuantía
La cuantía de la presente convocatoria se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 360.2313.490.00 por importe de 14.000,00 €.QUINTO. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
SEXTO. Otros datos
La presentación de la solicitud se hará utilizando los modelos oficiales que acompañan a la convocatoria (Anexo I, Anexo II y Anexo III), y se llevará a cabo únicamente a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pozoblanco utilizando el certificado digital del colectivo solicitante, no aceptándose aquellas solicitudes que se presenten a través del Registro General del Ayuntamiento de Pozoblanco o las que utilicen un certificado digital que no sea el del colectivo solicitante. Las subvenciones deberán justificarse en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización de las actividades sujetas a subvención, y en todo caso antes del 31 de marzo de 2024, debiendo presentar tantas justificaciones como subvenciones se hayan recibido, por la cuantía total del presupuesto aceptado como coste de la actividad financiada por la subvención, y debiendo justificarse cada una de las partidas en que esté dividido dicho presupuesto y en la cantidad que refleje dicha partida, por lo que todo lo no justificado será detraído de la subvención finalmente concedida.
Pozoblanco, 19 de julio de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Santiago Cabello Muñoz.