Boletín nº 141 (26-07-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 3.100/2023

DON ANTONIO GRANADOS MIRANDA, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA (CÓRDOBA), HACE SABER:

Que habiendo tenido lugar la constitución del Ayuntamiento de La Carlota, el día 17 de junio de 2023, para el mandato corporativo 2023/2027, surgido como consecuencia de la celebración de Elecciones Locales el pasado 28 de mayo de 2023, resulta necesario proceder al establecimiento de la nueva organización municipal y en particular, en lo que se refiere al establecimiento del régimen de asistencias e indemnizaciones a favor de miembros de la Corporación a sesiones de Órganos Colegiados, el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, celebrada el día 26 de junio de 2023, aprobó lo que sigue:

«PRIMERO. Establecer el siguiente régimen de indemnizaciones por asistencias:

1. Asistencia a Sesiones celebradas por Órganos Colegiados de la Corporación Municipal.

Los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial, percibirán por la asistencia efectiva a las sesiones que celebren los órganos colegiados municipales de los que formen parte, las siguientes cuantías:

-Sesiones Ordinarias del Pleno: Doscientos Cincuenta euros (250,00 €).

-Sesiones Extraordinarias o Extraordinarias Urgentes del Pleno: Cien euros (100,00 €).

-Sesiones Ordinarias de las Comisiones Informativas: Cincuenta euros (50,00 €).

-Sesiones Extraordinarias de las Comisiones Informativas: Veinticinco euros (25,00 €).

-Sesiones de la Junta de Gobierno Local: Cincuenta euros (50,00 €).

2. Indemnizaciones a los miembros de la Corporación por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo: Se estará a lo dispuesto en las normas de aplicación general en las Administraciones Públicas.

SEGUNDO. Publicar los presentes acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

TERCERO. Dar traslado de los presentes acuerdos al Negociado de Personal y a la Intervención Municipal para su conocimiento y efectos oportunos».

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.

La Carlota, 7 de julio de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Antonio Granados Miranda.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad