Boletín nº 145 (01-08-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Hornachuelos
Nº. 3.184/2023
Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía nº 2023/00000944, de fecha 30 de junio, la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria para la selección y cobertura de dos plazas de dinamizador/a, de naturaleza laboral, incluidas en el proceso de estabilización de empleo temporal, del tenor literal siguiente:
ASPIRANTES ADMITIDOS |
||
APELLIDOS Y NOMBRE |
DNI |
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REJANO CASTAÑEDA JOSE RICARDO |
***3740** |
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HEREDIA REJANO RAFAEL |
***3065** |
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URRACO CALDERON ANA ISABEL |
***3966** |
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REJANO CASTAÑEDA LUISA PILAR |
***0898** |
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HOLGADO BULLÓN JOSÉ JUAN |
***4470** |
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MUÑOZ CARO JOSE |
***1493** |
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ASPIRANTES EXCLUIDOS |
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APELLIDOS Y NOMBRE |
DNI |
MOT. EXCL. |
DIAZ RUIZ ROCIO |
***6279** |
1 - 4 - 5 |
MUÑOZ AGUILERA ARANCHA |
***4731** |
5 |
(1) No adjunta justificante de pago de tasa, ni de estar exento de dicho pago.
Según las bases generales, en su punto 4.7 dice Serán causas de exclusión y de no admisión&y la falta de pago de la correspondiente tasa.
Si bien, el punto 4.8 considera En todo caso, no se podrá subsanar la solicitud por falta del abono de la tasa por derechos de examen en tiempo y forma, a diferencia de la omisión por descuido de adjuntar dicha justificación, a la instancia, que sí será subsanable.
Por tanto, los aspirantes excluidos disponen de un plazo de 10 (diez) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, para aportar el justificante del pago de la tasa a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes o el justificante de estar exento de pagar dicha tasa.
(4) No aporta certificado de delitos sexuales. Requisito en las bases específicas.
(5) No aporta certificado de delitos penales.
En el apartado 4.6 Documentación adjunta a la solicitud de las bases generales se específica:
- Fotocopia de la titulación exigida para participar en el proceso, según lo dispuesto en las bases específicas correspondientes.
&
- Cualquier otra documentación que expresamente se prevea en las bases específicas.
Lo que se hace de conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria excepcional referenciada, a los efectos de que durante el plazo de 10 días hábiles los aspirantes excluidos puedan subsanar las faltas o acompañar los documentos preceptivos que hayan motivado su no admisión.
Asimismo, mediante la citada Resolución, se ha aprobado la composición del Tribunal que ha de juzgar las correspondientes pruebas, quedando de la siguiente forma:
Miembros |
Identidad |
Presidencia |
Araceli López Jiménez |
Suplencia |
Manuel Vargas Contreras |
Vocalía 1 |
José Arévalo Hoyo |
Suplencia |
Oscar Morales Pérez |
Vocalía 2 |
Antonio Manuel Rojano Jiménez |
Suplencia |
Oscar Carmona Fernández |
Vocalía 3 |
Carmen Mª Páez López |
Suplencia |
Rosario Rodríguez Vela |
Vocalía 4 |
Javier Díaz Carballido |
Suplencia |
Rafael Muñoz García |
Secretaría |
Mª del Carmen del Campo Herrera |