Boletín nº 148 (04-08-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Adamuz

Nº. 3.406/2023

Expte. GEX nº 1225/2023

DECRETO.- DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES PARA LA CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL

Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Por Razones de oportunidad y la imposibilidad de estar presente el Sr. Alcalde, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en el Centro de Interpretación del Olivar de Sierra de esta ciudad el día 5 de agosto de 2023, a las 18:00 horas.

Por consiguiente, vistos, entre otros, los artículos 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss. del R.D. 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente, he resuelto:

Primero. Delegar en la Sra. Concejala de este Ayuntamiento, Dª. María Belén Moya Rojas, el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil para el día 5 de agosto de 2023, a las 18:00 horas.

Segundo. Notifíquese esta Resolución a la interesada y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.

Tercero. Dese cuenta al Pleno Municipal en la próxima sesión ordinaria que se celebre.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente D. Rafael Ángel Moreno Reyes, en Adamuz, de lo que, como Secretario-Interventor, doy fe.

Adamuz, 27 de julio de 2023. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Rafael Ángel Moreno Reyes; El Secretario-Interventor, Fernando Civantos Nieto.

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