Boletín nº 151 (09-08-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba

Nº. 3.545/2023

Expediente GEX 2022/1888

Asunto: Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de la sala de velatorio municipal del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba.

Don Miguel Ruz Salces, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, hace saber:

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de la Sala de Velatorio municipal, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Artículo 6. Cuota Tributaria

La cuota tributaria de la tasa por prestación del servicio de uso de la Sala de Velatorio municipal se determinará en función de la siguiente tarifa:

Por utilización de la sala municipal de velatorios: 280 euros.

Esta cantidad se actualizará anualmente de acuerdo con el Índice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística, o índice que en el futuro lo sustituya, en su caso.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Montalbán de Córdoba, 3 de agosto de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Miguel Ruz Salces.

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