Boletín nº 164 (29-08-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Zuheros

Nº. 3.696/2023

Don Juan Manuel Poyato Cuenca, Alcalde-Presiente del Ayuntamiento de Zuheros, hace saber:

PRIMERO. Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria y urgente, de fecha 20 de junio de 2023, acordó la creación de la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL así como la DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL PLENO en favor de la misma, conforme al siguiente literal:

Primero. Crear la Junta de Gobierno Local.

Segundo. Delegar en la Junta de Gobierno Local aquellas competencias del Pleno asignadas con el expreso carácter de delegables y en particular las siguientes:

-El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de competencia plenaria.

-La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento, tanto en materias de competencia plenaria como del/de la Alcalde/sa.

-La concertación de las operaciones de tesorería cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 % de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior.

-El reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria. La disposición de gastos en materia de su competencia (artículo 166.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales).

-Las contrataciones, convenios y concesiones de toda clase cuando su importe supere el 10 % de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en cualquier caso, los 6.010.121 euros, así como los contratos y concesiones plurianuales cuando su duración sea superior a cuatro años y los plurianuales de menor duración cuando el importe acumulado de todas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio y, en todo caso, cuando sea superior a la cuantía señalada en esta letra.

-La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los Presupuestos.

-La adquisición de bienes y derechos cuando su valor supere el 10 % de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en todo caso, cuando sea superior a 3.005.060 euros, así como las enajenaciones patrimoniales en los siguientes supuestos: Cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes muebles que estén declarados de valor histórico o artístico, y no estén previstas en el Presupuesto. Cuando estando previstas en el Presupuesto, superen los mismos porcentajes y cuantías indicados para las adquisiciones de bienes.

-La autorización o denegación de compatibilidad del personal al servicio de la entidad local para un segundo puesto o actividad en el sector público, así como la resolución motivada reconociendo la compatibilidad o declarando la incompatibilidad del citado personal para el ejercicio de actividades de la entidad local, a que se refieren los artículos 9 y 14 de la Ley 53-1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

-Conceder medallas, emblemas, condecoraciones u otros distintivos honoríficos y conferir títulos de hijos predilectos o adoptivos o de miembros honorarios de la Corporación.
Tercero. Delegar en la Junta de Gobierno Local aquellas competencias del Pleno no asignadas con el expreso carácter de indelegables y en particular las siguientes:

-Determinación de los días a solicitar como días de fiesta local con el carácter de inhábiles para el trabajo, retribuido y no recuperable.

-Aprobación del Inventario de Bienes y Derechos de la Corporación y el Inventario de Caminos.

-Aprobación y solicitud de actuaciones con cargo a planes de inversión.

Cuarto. Los actos dictados por la Junta de Gobierno en el ejercicio de las atribuciones delegadas, se entienden dictados por el órgano delegante, el Pleno, correspondiendo en consecuencia a este la resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse.

SEGUNDO. Que por Resolución de Alcaldía número 2023/00000095, de fecha 13 de julio de 2023, se determinó la siguiente composición de la Junta de Gobierno Local:

-Juan Manuel Poyato Cuenca, Alcalde-Presidente.

-Susana Ruiz García, Primer Teniente de Alcaldía.

-Juan Lastres García, Segundo Teniente de Alcaldía.

Lo que se publica para su general conocimiento.

En Zuheros, a 18 de agosto de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Manuel Poyato Cuenca.

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