Boletín nº 169 (05-09-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 3.733/2023

El Pleno del Ayuntamiento de Iznájar, en sesión extraordinaria, celebrada el día 22 de junio de 2023, ha adoptado, por mayoría absoluta, el siguiente acuerdo:

De conformidad con el artículo 38, en relación con el artículo 123 y ss. del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se propone al Pleno de la Corporación la adopción de los siguientes acuerdos:

PRIMERO. Estructurar la organización municipal en las siguientes ÁREAS MUNICIPALES:

-Área de Urbanismo, Vivienda, Obras, Deportes, Agricultura, Medio Ambiente y Aldeas.

-Área de Hacienda, Régimen Interior, Salud, Bienestar Social, Ocio y Tiempo Libre y Participación ciudadana.

-Área de Planificación, Desarrollo Económico, Turismo, Fondos Europeos, Nuevas Tecnologías y Servicios Municipales.

-Área de Educación, Cultura, Juventud, Infancia, Igualdad y Atención a la Mujer.

SEGUNDO. El número, denominación y competencias de las COMISIONES INFORMATIVAS PERMANENTES, será:

I. COMISIÓN INFORMATIVA DE CUENTAS y HACIENDA:

-Hacienda y Cuentas.

-Compras y Suministros.

-Control del Gasto.

II. COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS MUNICIPALES.

-Infraestructuras y Equipamientos.

-Servicios municipales: Cementerios, Electricidad, Gestión Integral del Agua, Limpieza Viaria, Parque Móvil.

-Conservación de Edificios Municipales.

-Infraestructura municipal y Obras PROFEA.

-Patrimonio Municipal.

-Inversiones.

-Suelo y Urbanismo.

III. COMISIÓN INFORMATIVA DE PLANIFICACIÓN, DESARROLLO ECONÓMICO, TURISMO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS.

-Empleo y Desarrollo Económico.

-Industria y Comercio.

-Formación y Empleo.

-Nuevas Tecnologías.

-Turismo.

-Inversiones.

IV. COMISIÓN INFORMATIVA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL.

-Agricultura.

-Caminos Rurales.

-Medio Ambiente y sostenibilidad.

-Parques y Jardines.

-Residuos Sólidos Urbanos.

-Depuración de Aguas.

-Desarrollo Rural.

V. COMISIÓN INFORMATIVA DE JUVENTUD, DEPORTE, OCIO Y TIEMPO LIBRE:

-Juventud.

-Ocio y Tiempo libre.

-Deporte.

VI. COMISIÓN INFORMATIVA DE BIENESTAR SOCIAL, SALUD, IGUALDAD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA:

-Salud.

-Igualdad.

-Infancia.

-Mayores.

-Servicios Sociales.

-Sanidad y Consumo.

-Participación ciudadana.

VII. COMISIÓN INFORMATIVA DE EDUCACIÓN Y CULTURA:

-Educación.

-Patrimonio Histórico Artístico.

-Cultura.

VIII. COMISIÓN INFORMATIVA DE REGIMEN INTERIOR:

-Régimen Interior: Información, Personal, Contratación Laboral, Tráfico y Transportes.

-Protección Civil e Incendios y Seguridad Ciudadana.

TERCERO. Cada una de las Comisiones Informativas propuestas llevará a cabo el seguimiento de la gestión del Alcalde, la Junta de Gobierno Local y los Concejales Delegados en lo que sea de sus respectivas competencias, según la división de las mismas que antecede.

Sin perjuicio de ello, por lo que respecta a las resoluciones de la Alcaldía, en aras de la eficacia y economía procedimental, será la Comisión Informativa de Cuentas y Hacienda la que lleve a cabo el dictamen de las que posteriormente deban elevarse al Pleno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

CUARTO. La Comisión Informativa Permanente competente en materia de Hacienda será la que actúe también como COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS.

QUINTO. Las Comisiones Informativas estarán integradas por SEIS miembros, y la distribución proporcional de sus miembros entre los distintos grupos políticos que integran la nueva Corporación, será como sigue:

-Grupo Municipal del P.S.O.E: CUATRO (4) miembros.

-Grupo Municipal del P.P: DOS (2) miembros.

SÉPTIMO. El régimen de sesiones ordinarias, de dichas Comisiones Informativas, será bimensual, debiendo celebrarse sesión el lunes anterior a aquél en que tengan lugar los Plenos Ordinarios.

OCTAVO. La Presidencia de cada Comisión será conforme a lo previsto en el artículo 125 del R.O.F.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Iznájar, a 23 de agosto de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Lope Ruiz López.

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