Boletín nº 190 (05-10-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Valsequillo

Nº. 4.136/2023

El Pleno Municipal, en sesión ordinaria, de 11 de septiembre de 2023, ha adoptado el presente Acuerdo, cuyo tenor literal es el siguiente:

3º. PROPUESTA DE CREACIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN PERMANENTE PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PLENO MUNICIPAL. Se da cuenta de la propuesta de la Alcaldía, de fecha 6 de julio de 2023, cuyo tenor literal es el siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO AL PLENO MUNICIPAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 326 y el apartado 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se propone al Pleno Municipal la adopción del siguiente

ACUERDO:

PRIMERO. Constituir la Mesa de Contratación Permanente del Ayuntamiento de Valsequillo, que actuará como órgano de asistencia del órgano de contratación PLENO MUNICIPAL en todos los contratos que celebre esta Entidad Local, y sean objeto de adjudicación mediante procedimiento abierto, abierto simplificado, restringido, de diálogo competitivo, de licitación con negociación y de asociación para la innovación.

SEGUNDO. Designar como miembros de la Mesa de Contratación Permanente a los siguientes:

PRESIDENTE/A: Doña Ana María Sánchez Rosa-Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento

SECRETARIO/A: Doña Leonor Esperanza Barbero Díaz- Funcionaria administrativa del Ayuntamiento

VOCAL JURÍDICO-ECONÓMICO: Doña María del Carmen Orugo Tejero- Secretaria-Interventora del Ayuntamiento

VOCAL: Don Fernando Morillo Hidalgo- Arquitecto técnico Municipal (Personal laboral)

VOCAL: Doña Nuria García Moruno- Auxiliar Administrativa (personal laboral)

-En caso de vacante, ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, el régimen de suplencias de los miembros de la Mesa de Contratación Permanente será el siguiente:

-El/la Presidente/a será sustituido por el/la Primer Teniente de Alcalde.

-Los vocales y Secretario/a de la Mesa serán sustituidos por funcionario/a y/o personal laboral provincial, a designar por la Diputación Provincial de Córdoba.

Todos los miembros de la Mesa de Contratación Permanente tendrán voz y voto, con la salvedad del funcionario que desempeñe la secretaría de la misma, que únicamente tendrá voz.

A las reuniones de la Mesa de Contratación Permanente se podrán incorporar, previo acuerdo de la misma y a solicitud de su Presidente, los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, que actuarán con voz, pero sin voto.

Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, y, en todo caso, el Presidente, el Secretario, y el vocal que tenga atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano.

TERCERO. Crear una Unidad Técnica de Asistencia para los procedimientos abiertos simplificados sucintos previstos en el artículo 159.6 que tramite el Ayuntamiento de Valsequillo, que será de carácter unipersonal y corresponderá al/la funcionario/a con habilitación de carácter nacional que ocupe el puesto de Secretaría-Intervención.

CUARTO. Ordenar la publicación del acuerdo en el Perfil del contratante alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público y el Tablón de Anuncios electrónico de este Ayuntamiento.

QUINTO. Notificar la designación a los designados.

Sometido el asunto a votación, por unanimidad de los asistentes al acto, que suponen la mayoría absoluta del número legal de miembros que forman la Corporación Municipal, se ACUERDA prestar aprobación a la Propuesta de la Alcaldía y, por ende, hacer suyos los acuerdos que en la misma se contienen.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Valsequillo, 19 de septiembre de 2023. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Ana María Sánchez Rosa.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad