Boletín nº 192 (09-10-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 4.454/2023

INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ACUERDO PROVISIONAL DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 1 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.

Edicto de publicación

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2023, ha adoptado acuerdo provisional de modificación de Ordenanza Fiscal número 1, reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y/o sugerencias que estimen oportunas durante el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

El acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal, reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, consiste en:

PRIMERO. Modificar el artículo 11, incrementando el tipo de gravamen para bienes de naturaleza urbana del 0,6718 al 0,75.

SEGUNDO. Eliminar la bonificación regulada en la letra G) del artículo 12.I.2 prevista para los locales, naves y todo tipo de inmuebles cuyo destino sea la realización de una actividad económica que sea declarada de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración.

En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el periodo de exposición pública, el referido acuerdo plenario se considerará definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Priego de Córdoba, a 5 de octubre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Ramón Valdivia Rosa.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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