Boletín nº 195 (13-10-2023)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 4.348/2023

El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión celebrada el día 27 de septiembre de 2023, aprobó la modificación del Plan Provincial de Cooperación a las obras y servicios municipales 2020-2023, bienio 2022-2023, atendiendo a la petición efectuada por el Ayuntamiento de Lucena, en el siguiente sentido:

PRIMERO. Modificar el Plan Provincial Plurianual de Cooperación a las obras y servicios municipales 2020-2023, bienio 2022-2023, atendiendo a la petición efectuada por el Ayuntamiento de Lucena, en el sentido de solicitar la asistencia técnica de la Diputación en las tareas de redacción del proyecto, dirección de obras y coordinación de Seguridad y Salud, de la actuación MEJORA DEL SANEAMIENTO Y ALCANTARILLADO EN ZONA OESTE DEL NÚCLEO URBANO (ACTUACIÓN 4.1b: Interceptor c/ Juan de Aréjula).

Asimismo se mantiene el mismo sistema de ejecución aprobado, es decir el de contratación por el ayuntamiento, debiendo cumplir las condiciones que para este sistema de ejecución están aprobadas.

Quedando, las actuaciones del Plan Provincial 2020-2023, bienio 2022-2023 como a continuación se indica:

DENOMINACIÓN ACTUACIÓN

1 ER BIENIO

2º BIENIO

TOTAL

ACTUACIÓN

SISTEMA

EJECUCIÓN

SUBVENCIÓN

APORTACIÓN

LOCAL

SUBVENCIÓN

APORTACIÓN

LOCAL

MEJORA DEL SANEAMIENTO Y ALCANTARILLADO EN ZONA OESTE DEL NÚCLEO URBANO (ACTUACIÓN 4.1b: Interceptor c/ Juan de Aréjula)

567.037,00

160.103,96

727.140,96

CONTRATA
ENTIDAD LOCAL

SEGUNDO. En base a lo informado por el Servicio de Ingeniería Civil y el Servicio de Carreteras de esta Diputación Provincial:

-Asignar la redacción del Proyecto a los ICCP, don Pedro Delgado López, perteneciente al Servicio de Carreteras, y don Rodrigo Díaz Ruiz, perteneciente al Servicio de Ingeniería Civil.

-Asignar la posterior Dirección de Obra al Servicio de Ingeniería Civil, a cuyos efectos se realizará posterior nombramiento del equipo técnico que la integre, en función de la carga y del reparto del volumen de trabajo.

TERCERO. Seguir la tramitación establecida en el artículo 32 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y en su consecuencia, publicar el citado acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de posibles alegaciones o reclamaciones, durante el plazo de 10 días.

Este documento lo firma electrónicamente en Córdoba, a 2 de octubre de 2023, el Sr. Vicepresidente 1º, Diputado Delegado de Infraestructuras, Sostenibilidad y Agricultura, Andrés Lorite Lorite.

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