Boletín nº 196 (16-10-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 4.511/2023

Título: Extracto de la Resolución de Alcaldía nº 2023/00002038, de 15/05/2023, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones por procedimiento de concurrencia no competitiva en materia de mejora empresarial.

BDNS (Identif.) 720888

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/720888)

PRIMERO. Objetivo

El objetivo de estas Bases es la regulación de la convocatoria y concesión de ayudas económicas al amparo del Plan Impulsa+ Mejora Empresarial a trabajadores autónomos y pymes de Pozoblanco, que inviertan en la mejora de imagen, instalaciones y/o la reforma de los locales comerciales a pie de calle en Pozoblanco, concretamente su finalidad es:

-Dinamizar la actividad económica de Pozoblanco.

-Potenciar el comercio de proximidad.

-Favorecer la mejora de los establecimientos comerciales que necesitan reforma.

-Potenciar la imagen, la accesibilidad y la iluminación de los establecimientos comerciales de Pozoblanco.

-Favorecer las reformas para la eliminación de barreras arquitectónicas en el municipio.

SEGUNDO. Presupuesto

La cuantía económica total de la presente Convocatoria de Subvenciones será de 78.700,00 euros, importe total consignado en la partida presupuestaria 210.4330.47901, según el presupuesto aprobado para el año 2023; tal y como establece el artículo 12 de la Ordenanza General regularizadora de la concesión de subvenciones por el Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco.

El abono de la cuantía concedida por la Resolución antes indicada quedará condicionado a la efectiva disponibilidad de aplicación presupuestaria en el presupuesto vigente.

En caso de alcanzar el límite máximo de los créditos presupuestarios previstos para la presente actuación, se barajará la posibilidad de aumentar dicho presupuesto desde el Ayuntamiento de Pozoblanco, para cubrir el total de lassolicitudes recibidas, o bien se aminorarán los importes de las ayudas correspondientes, en la parte proporcional que corresponda, para poder cubrir con los créditos presupuestarios previstos, la totalidad de todas las solicitudes recibidas.

TERCERO. Vigencia

La vigencia de las actuaciones subvencionadas al amparo de la presente convocatoria contendrá las inversiones realizadas durante los años 2021 y 2022; concretamente desde el 1 de enero del 2021, hasta el 31 de diciembre del 2022.

CUARTO. Beneficiarios

Podrán beneficiarse de esta Ayuda, todos los autónomos y Pymes (sean personas físicas o jurídicas) que cuenten con establecimiento físico permanente de atención al público en Pozoblanco y hayan invertido en mejoras de imagen, instalaciones y/o la reforma de los locales comerciales.

Requisitos de los beneficiarios, que deberán concurrir en el momento de presentación de la solicitud y mantenerse hasta su resolución definitiva:

1. Disponer de establecimiento físico permanente en Pozoblanco de atención al público.

2. Tener domicilio fiscal en Pozoblanco, tanto personas físicas como jurídicas.

3. Que hayan dado de alta su actividad en la Agencia Tributaria con anterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la presente convocatoria, osea, antes del 1 de enero del 2021.

4. Encontrarse al corriente de los pagos con la Seguridad Social, Hacienda Estatal y Autonómica, Hacienda Local y Ayuntamiento de Pozoblanco.

5. Compromiso de realizar la correspondiente justificación del gasto subvencionable realizado, permitiendo su seguimiento de los técnicos del Ayuntamiento de Pozoblanco y atender a losrequerimientos que estos le realicen con el fin de comprobar el correcto uso de la subvención.

QUINTO. Conceptos subvencionables

Se podrán subvencionar las inversiones realizadas en los siguientes conceptos:

1. Los gastos en la mejora de la iluminación, rotulación o adecuación de la imagen del escaparate del local comercial.

2. Los gastos de obras de mejora y/o reforma del establecimiento: obras, cierres y/o pinturas.

3. Los gastos ocasionados por el cumplimiento de las normativas de accesibilidad y rotura de barreras arquitectónicas.

Dichas ayudas irán destinadas a subvencionar las inversiones realizadas desde el 1 de enero del 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022, ambos incluidos.

SEXTO. Cuantía de la subvención

Se subvencionarán el 50% del importe de las inversiones realizadas, teniendo un límite máximo por solicitud de 2.000,00€, excluidos todo tipo de impuestos.

No se subvencionarán inversiones que estén por encima del precio de mercado.

SÉPTIMO. Régimen de compatibilidad

Para la percepción de esta ayuda se establece la incompatibilidad con otras ayudas de otras Administraciones; con las excepciones de ser beneficiarios de alguna de las ayudas del Plan Impulsa+.

OCTAVO. Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Pozoblanco, 11 de octubre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Santiago Cabello Muñoz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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