Boletín nº 197 (17-10-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cardeña

Nº. 4.457/2023

De conformidad con lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a la publicación del acuerdo adoptado por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Cardeña, celebrado en sesión ordinaria, el día 28 de septiembre de 2023 sobre RECONOCIMIENTO DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y PARCIAL DE MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN, que en su parte dispositiva establece:

PRIMERO. El régimen de los miembros de la Corporación que percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos, atendiendo a las funciones a desarrollar, las delegaciones conferidas y la responsabilidad en el ejercicio de los mismos, será:

CARGO

DEDICACIÓN

RETRIBUCIONES BRUTAS ANUALES

ALCALDÍA

EXCLUSIVA

26.230,62 € brutos anuales (a razón de 2.017,74 € brutos mensuales en 13 pagas mensuales)

PRIMER TENIENTE DE ALCALDE

- PARCIAL

- 75% DE LA JORNADA LABORAL

19.672,90 € brutos anuales (a razón de 1.513,30 € brutos mensuales en 13 pagas mensuales)

SEGUNDO TENIENTE DE ALCALDE

- PARCIAL

- 75% DE LA JORNADA LABORAL

19.672,90 € brutos anuales (a razón de 1.513,30 € brutos mensuales en 13 pagas anuales)

TERCER TENIENTE DE ALCALDE

- PARCIAL

- 70% DE LA JORNADA LABORAL

18.361,33 € brutos anuales (a razón de 1.412,41 € brutos mensuales en 13 pagas mensuales)

CONCEJALÍA DE JUVENTUD, PROMOCIÓN, DESARROLLO LOCAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

- PARCIAL

- 20% DE LA JORNADA LABORAL

5.246,15 € brutos anuales (a razón de 403,55 € brutos mensuales en 13 pagas anuales)

Dichas retribuciones son incompatibles con la percepción de indemnizaciones por asistencias a sesiones, pudiendo percibir dietas y gastos de locomoción por razón del servicio, cuando correspondan. Dichas retribuciones se distribuirán a razón de 12 mensualidades de enero a diciembre del año natural, percibiéndose la mensualidad número 13, como paga extra, en el mes de diciembre.

SEGUNDO. Las retribuciones indicadas experimentarán anualmente el mismo incremento que se aplique al personal funcionario en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.

TERCERO. Que se proceda a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.

Cardeña, 4 de octubre de 2023. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Catalina Barragán Magdaleno.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad