Boletín nº 200 (20-10-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Hornachuelos

Nº. 4.523/2023

El Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

4º. ACUERDO RELATIVO A LA APROBACIÓN PROYECTO DE ACTUACIÓN UNIFICADO DE VARIAS LÍNEAS DE ENDESA DISTRIBUCIÓN SLU.

Dicho acuerdo fue dictaminado favorablemente por mayoría de los miembros asistentes (4 GIH +1 PP) y la abstención del Grupo Socialista (1) y la del grupo Izquierda Unida (1), por lo que se somete ahora consideración plenaria:

&

A la vista del expediente GEX4221/2020, de Proyecto de Actuación Unificada de varias líneas de ENDESA Distribución Eléctrica SLU, y visto el Informe emitido por el Servicio de Arquitectura y Urbanismo de la Diputación de Córdoba (en adelante SAU) cuya conclusión es:

& 9. CONCLUSIÓN

La actividad recogida en el presente proyecto reúne los requisitos establecidos en el artículo 42.1 de la LOUA, por lo que procede su admisión a trámite según lo establecido en el artículo 43.1.b) de la citada Ley.

10. OTRAS CONSIDERACIONES

-La admisión a trámite del Proyecto de Actuación no prejuzga ni presupone la aprobación del mismo. Asimismo, la aprobación del proyecto de actuación no prejuzga ni exime del cumplimiento y, en su caso, obtención de los informes y autorizaciones que establezca la legislación sectorial de aplicación (carreteras, vías pecuarias, medio ambiente, etc.). En este sentido, no podrá otorgarse la licencia municipal sin que previamente se hayan obtenido las autorizaciones administrativas preceptivas concurrentes.

-Una vez aprobado definitivamente el Proyecto de Actuación se deberá solicitar licencia de obras (legalización de las obras ejecutadas) en el plazo máximo de un año (artículo 42.5.D.c) de la LOUA.

-Según se establece en el Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, la actividad se encuentra incluida en el epígrafe 2.17, por tanto y en cualquier caso, sometida a trámite de Calificación Ambiental.

-Tras la admisión a trámite deberá someterse a información pública en llamamiento a los propietarios de los terrenos a los efectos del artículo 43 c. de la LOUA, según el artículo 40 de la ley 39/2015; entre ellos, los propietarios de las parcelas que se van a ver afectadas por la actuación.

-En caso de que no se produzcan alegaciones en el periodo de información pública ni se aprecien inadecuaciones en el informe de la Consejería, el informe tiene carácter de propuesta de aprobación del proyecto de actuación.

-Obligación de prestar una garantía en aplicación del artículo 52.4 de la LOUA, por una cuantía mínima del 10 % de la inversión, o en su caso, la que se indique en las ordenanzas fiscales.

-Obligación de abonar una prestación compensatoria con el otorgamiento de la licencia, en aplicación del artículo 52.5 de la LOUA, de acuerdo con la ordenanza municipal de aplicación, en su defecto de hasta el 10 % de la inversión.

-La aprobación del proyecto de actuación determina la vinculación de los terrenos afectados a la actuación (LOUA 67.d.) que podrá hacerse constar en el Registro de la Propiedad mediante nota marginal (RD 1093/97, artículo 74).

Consta Informe favorable emitido por la Sra. Secretaria que dice literalmente así:

GEX 4221/2020, Proyecto de actuación de varias líneas de Endesa Distribución Eléctrica SLU.

Emplazamiento: Polígono 47, parcela 33, Hornachuelos (Córdoba).

Ref. Catastral: 14036A047000330000FT (Subestación).

Coordenadas UTM: 298.500/4.179.500 (Carpeta 980.000 / 4.179.000).

Promotor: EDISTRIBUCIÓN Redes Digitales SLU.

Redactor: Don Francisco José López Gálvez (Ingeniero Industrial).

A la vista del expediente GEX 4221/2020, Proyecto de Actuación para ampliación de nuevo parque 132/66 kV de la Subestación Palma del Río y adecuación de líneas 66 kV y 132 kV, y del Informe técnico favorable emitido por el Servicio de Arquitectura y Urbanismo de la Diputación de Córdoba, (en adelante SAU) de fecha 20/07/2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se emite por la Secretaria del Ayuntamiento el siguiente,

INFORME

I. ANTECEDENTES. Constan en el expediente referenciado, entre otros, los siguientes antecedentes más destacados:

-Tramitación Proyecto de actuación de las siguientes líneas:

1) ADECUACIÓN DE LA LÍNEA AÉREA 66 kV LORA-PALMA RÍO/PALMA RÍO-POSADAS PARA ALIMENTACIÓN A NUEVO PARQUE 66 kV SET PALMA DEL RÍO Y A NUEVA SUBESTACIÓN 66/15 KV MATACHÉ, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE HORNACHUELOS (CÓRDOBA). EXPDTE. 2018/60806

2) LÍNEA AÉREA 132 KV D/C DE E/S EN NUEVO PARQUE 132 KV DE SUBESTACIÓN PALMA DEL RÍO DESDE LA LÍNEA 132 KV MORATALLA-GRULLAS, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE HORNACHUELOS (CÓRDOBA). EXPDTE. 2018/59712

3) SUBESTACIÓN PALMA DEL RÍO. NUEVO PARQUE 132/66 kV EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE HORNACHUELOS (CÓRDOBA). EXPDTE. 2018/69108

4) LÍNEA AEREA 15 KV PALMA DEL RÍO MATACHE PARA PASO A 66 KV Y CONEXIÓN A LA LÍNEA AÉREA 66 KV POSADAS PALMA DEL RÍO EXPDTE. 2019/24.188.

-Coordenadas UTM huso 30N en ETRS89 de la ampliación de la Subestación

Nº Apoyo

Tensión

Coordenadas UTM (ETRS-89 HUSO 30)

Término

Municipal

X

Y

3

66 kV

298.471,08

4.179.748,58

Hornachuelos

4

66 kV

298.227,13

4.179.607,06

Hornachuelos

1

66 kV

298.334,36

4.179.530,36

Hornachuelos

2

66 kV

298.480,31

4.179.427,99

Hornachuelos

264

132 kV

298.728,76

4.180.111,34

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