Boletín nº 202 (25-10-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Valenzuela
Nº. 4.558/2023
Expediente: 1238/2023.
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA
Habiendo transcurrido el plazo de exposición al público de la modificación de créditos 07/2023, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, sin que se hayan presentado alegaciones y/o reclamaciones al respecto, se eleva a definitivo el acuerdo de Pleno, de fecha de 7 de septiembre de 2023, por el que se aprobaba inicialmente el expediente de modificación de créditos 07/2023, de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, y se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Estado de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Créditos totales consignados* |
Crédito extraordinario |
Créditos finales* |
|
1532 |
226.99 |
Vías públicas. Otros gastos diversos |
0,00 |
0,00 |
399,30 € |
399,30 € |
419 |
619.00 |
Otras actuaciones en agricultura, ganadería y pesca. Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general |
0,00 |
0,00 |
5.002,14 € |
5.002,14 € |
TOTAL |
5.401,44 € |
*Los créditos totales consignados es la suma de los créditos iniciales y las modificaciones presupuestarias ya realizadas y contabilizadas.
*Los créditos finales es la suma de los créditos totales consignados y la presente modificación de créditos
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
Estado de ingresos
Aplicación |
Descripción |
Euros |
870 . 00 |
Remanente de Tesorería para Gastos Generales |
5.401,44 € |
Contra el presente Acuerdo conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
El Alcalde-Presidente
Fdo. Antonio Pedregosa Montilla
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
(Identidad de firma(s), fecha y códigos de verificación en márgenes del presente documento)
Valenzuela, 13 de octubre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Antonio Pedregosa Montilla.