Boletín nº 202 (25-10-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Guadalcázar

Nº. 4.624/2023

Con fecha 11 de octubre de 2023, el Alcalde-Presidente de esta Corporación ha dictado Resolución, la cual se transcribe literalmente a continuación:

DECRETO

Habiéndose publicado mediante Resolución de Alcaldía, de fecha 23 de noviembre de 2022, la aprobación de las bases para cubrir las plazas de personal laboral fijo, incluidas en los procesos de estabilización para dar cumplimiento a lo previstos en el artículo 2, en la disposición adicional 6ª y demás concordantes de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Habiendo sido publicada modificación de las mencionadas bases en el Boletín Oficial de la Provincia nº 244, de 23 de diciembre de 2023.

Considerando que por Resoluciones de Alcaldía nº 2023/00000183, de fecha 18 de abril de 2023, y nº 2023/00000457, de fecha 15 de septiembre de 2023, se aprueba el listado provisional de admitidos y excluidos en el proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, con carácter especial, de Dinamizador/a de Cultura y Juvenil, publicado anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia nº 80, de 28 de abril de 2023, y nº 183, de 26 de septiembre de 2023.

Habiendo transcurrido el periodo de alegaciones sin que se haya presentado alguna al respecto y en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en concreto, los apartados g), h) y s) del artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-.

RESUELVO

PRIMERO. Elevar a definitiva la lista de admitidos y excluidos para cubrir 1 plaza de personal laboral fijo, Dinamizador/a de Cultura y Juvenil, incluida en los procesos de estabilización para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 2 y en la Disposición Adicional 6ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

ADMITIDOS:

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI

CARIDAD VARGAS SANTIAGO

***3605**

MANUEL CAÑADILLAS AYALA

***2723**

MARÍA DOLORES ECHEVARRÍA WALS

***0885**

MARÍA ENCARNACIÓN SEPÚLVEDA RODRÍGUEZ

***6015**

MARÍA LOURDES SORIANO ALGARÍN

***0605**

MARÍA YENIFER VARGAS SANTIAGO

***3044**

RAÚL OSUNA LORENTE

***3265**

EXCLUIDOS:

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI

MOTIVO

EXCLUSIÓN

ADORACIÓN AGUAYO LUQUE

***0558**

B

MARÍA CARMEN MADUEÑO DOMENECH

***0165**

B

Motivos de exclusión por falta de documentación:

A) Certificación negativa de delitos sexuales.

B) Titulación.

C) Declaración responsable.

SEGUNDO. Nombrar a la comisión de selección del proceso selectivo que nos ocupa, que estará compuesto por:

Secretaría:

Doña María del Pilar Hinojosa Rubio.

Suplente: Don José Antonio Ariza Baena.

Presidencia:

Titular: Don Eustaquio Orozco Lozano.

Suplente: Doña Cristina Cabello de Alba.

Vocal 1:

Doña Rosa Ana Cano Medina.

Suplente: Don José Antonio del Solar Caballero.

Vocal 2:

Doña María del Carmen Villegas Domínguez.

Suplente: Don Ricardo Jesús Ledesma León.

Vocal 3:

Don José Antonio Martínez Marquez.

Suplente: Don Daniel Luis Toledano Rodríguez.

Vocal 4:

Doña Isabel Abad Gómez.

Suplente: Doña Francisca Luisa Bonilla López.

Contra estos nombramientos podrá promoverse recusación en los términos previstos en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público -LRJSP-.

TERCERO. Determinar que el Tribunal Calificador se reúna para resolver el concurso, el día 26 de octubre a las 16:30 horas, en la Salón de plenos de este Ayuntamiento.

CUARTO. Publicar Edicto con el contenido de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en su sede electrónica.

QUINTO. Dar cuenta de la presente Resolución al Ayuntamiento Pleno y a la Junta de Gobierno Local, en la primera sesión que celebre.

En Guadalcázar, a 11 de octubre de 2023

*Dado que ha sido detectado error material de hecho en la mencionada Resolución, en base a lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Las Administraciones Públicas podrán asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en lus actos y en virtud de las atribuciones que me confieres la legislación vigente y en concreto el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases del Régimen local -LRBRL, ACUERDO SUBSANAR EL ERROR MATERIAL DE HECHO, quedando el texto de la siguiente forma:

DECRETO

Habiéndose publicado mediante Resolución de Alcaldía, de fecha 23 de noviembre de 2022, la aprobación de las bases para cubrir las plazas de personal laboral fijo, incluidas en los procesos de estabilización para dar cumplimiento a lo previstos en el artículo 2, en la disposición adicional 6ª y demás concordantes de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Habiendo sido publicada modificación de las mencionadas bases en el Boletín Oficial de la Provincia nº 244, de 23 de diciembre de 2023.

Considerando que por Resoluciones de Alcaldía nº 2023/00000183, de fecha 18 de abril de 2023, y nº 2023/00000457, de fecha 15 de septiembre de 2023, se aprueba el listado provisional de admitidos y excluidos en el proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, con carácter especial, de Dinamizador/a de Cultura y Juvenil, publicado anuncios en el Boletín Ofic

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