Boletín nº 203 (26-10-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 4.485/2023

Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés, se adoptó entre otros el acuerdo que copiado dice así:

20. APROBACIÓN PROVISIONAL INNOVACIÓN PORMENORIZADA PGOU MONTORO EN EL ÁMBITO DEL PEPCH PARA MODIFICAR ART. 20.11 Y 50 DE LAS ORDENANZAS, LAS ACTUACIONES AISLADAS AA-11 Y AA-17 RELATIVOS AL USO DE APARCAMIENTOS (GEX 825/2021). Por unanimidad de los trece Sres Concejales asistentes, lo que representa la totalidad del número legal de miembros de este órgano, se decidió la inclusión en el Orden del Día este asunto, según establece el artículo 82.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Explicó la Sra. Alcaldesa que como todos conocían el objeto de esta Innovación es realizar las modificaciones necesarias en la normativa vigente para flexibilizar la implantación del uso aparcamientos en el ámbito del Plan Especial del Conjunto Histórico, a fin de dar respuesta a la necesidad de aparcamientos que está demandando la población y mejorar la movilidad urbana de acuerdo con el Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Montoro.

El ámbito de la presente innovación es todo suelo urbano incluido en el ámbito del Plan Especial de Conjunto Histórico de Montoro. Dicho ámbito, en la actualidad, presenta una gran carencia de aparcamientos, siendo necesario cada vez con mayor frecuencia, ir eliminando los existentes en determinados lugares de la vía pública a fin de conseguir una mayor revalorización del Conjunto Histórico y mejores condiciones de confort, accesibilidad y movilidad peatonal en el espacio público. Dijo que los vecinos vienen demandando aparcamientos de residentes y la carencia de este es una de las causas del abandono del Conjunto Histórico por la población más joven, que busca lugares de residencia donde el aparcamiento sea posible, y no sea necesario dejar el coche estacionado de forma irregular. Por otro lado el reciente Plan de Movilidad Urbana sostenible de Montoro, establece diversas estrategias (liberar algunas zonas del Conjunto Histórico de aparcamientos en calle, crear aparcamientos en el Conjunto Histórico, etc.) relacionadas con la movilidad en el Conjunto Histórico que requieren de la adaptación de la normativa urbanística vigente en la actualidad.

Así pues, esta innovación plantea únicamente el cambio de la calificación de tres parcelas como una dotación del sistema local y la modificación de la regularización del uso aparcamiento como compatibles con el residencial y las ordenanzas de edificación para este uso en todo el conjunto histórico.

Dijo que se plantean una serie de modificaciones en la regulación actual como:

-Eliminar la limitación de 3 vehículos en las cocheras unifamiliares.

-Permitir el aparcamiento en vivienda plurifamiliar.

-Determinar parcelas, vacíos urbanos, bolsas existente en el CH, para su potencial uso como aparcamiento, fundamentalmente de residentes, bien en edificio exclusivo, bien como aparcamiento en superficie, al aire libre. Se plantean dos casos:

a) Implantación del uso aparcamiento en parcelas definidas por la propia innovación:

a.1) Aparcamiento en superficie: patio antiguo colegio El Rosario y Trasera de la Residencia. Denominada en el PEPCH como AA11 Plaza del Museo. Se propone ampliar el ámbito de esta actuación aislada prevista en el PEPCH para su uso como aparcamiento al aire libre, incorporando a la plaza los terrenos de los patios del antiguo colegio de El Rosario hoy sin uso, con lo que se amplía y comunica el conocido como aparcamiento al aire libre de la Residencia con calle Mártires y con calle Salazar.

a.2) Calle Mártires 4. Se propone el cambio de calificación de esta parcela para la implantación de un equipamiento de uso exclusivo destinado a aparcamiento.

b) Definición de las condiciones que posibilitan que las parcelas que las cumplan, puedan ser destinadas para uso aparcamiento, bien en superficie, bien aparcamiento provisional (en superficie), bien en edificio de uso exclusivo. en tres modalidades:

b.1) Edificios de uso exclusivo.

b.2) Aparcamiento al aire libre en el interior de parcela como uso exclusivo.

b.3) Aparcamiento al aire libre de carácter provisional.

Tomando en consideración que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada 24-05-2022 acordó la Aprobación Inicial de la Innovación, el Resumen Ejecutivo y el Texto de las Ordenanzas.

Tomando en consideración que, en cumplimiento de la normativa de aplicación y del citado acuerdo se notificó a los propietarios del ámbito de la actuación, constando certificado emitido por la Secretaría General, en el que se indica que no consta alegación alguna.

Visto que con fecha de 16-06-2022 fue publicado anuncio en el Diario Córdoba.

Visto que se publicó anuncio junto con el documento de Innovación en el tablón de edictos del Ayuntamiento alojado en la sede electrónica www.montoro.es desde el día 13-06-2022 al 14-07-2022.

Visto que con fecha de 27-06-2022, se inserta edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, de Valoración de Impacto en la Salud del Documento de Innovación Pormenorizado del PGOU de Montoro, en los artículos 20.11 y 50 del PEPCH, nuevos espacios de aparcamiento y nuevo articulado. Constando certificado emitido por el Secretario accidental, en el que se indica que durante el plazo de exposición al público no consta alegación alguna.

Tomando en consideración que, en cumplimiento de la normativa de aplicación y del citado acuerdo se solicitó informe a Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico, Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, a la Delegación Territorial de la Consejería de Salud y Familia y al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio- Dirección General de Telecomunicaciones y Normas técnicas.

Visto informe desfavorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Córdoba, emitido en sesión ordinaria de fecha 13/07/2022.

Visto informe desfavorable del Director General de Telecomunicaciones y Ordenación de Servicios de Comunicación Audiovisual firmado el 29/07/2022.

Visto informe de Evaluación de Impacto en Salud suscrito con fecha 18/11/2022, emitido por el Director de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica que concluye que se considera viable en cuanto a sus efectos sobre la salud, supeditado todo ello a la veracidad de la información en que se basa la evaluación aportada por la persona promotora en el documento de Valoración de Impacto en Salud.

Visto el INFORME AMBIENTAL ESTRATÉGICO, de fecha 21/03/2022, con vigencia de 4 años desde su publicación en el BOJA, el 11 de abril de 2022, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, el presente Informe Ambiental Estratégico, perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no se hubiera procedido a la aprobación de la innovación en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación. En tal caso, el promotor deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada del plan o programa.

Que la Innovación pormenorizada del PGOU de Montoro, no tienen efectos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se cumplan las determinaciones ambientales indicadas en el Informe Ambiental Estratégico que se apruebe, así como las incluidas en el Borrador del Plan y en el Documento Ambiental Estratégico que no se opongan a las anteriores.

Visto informe favorable telecomunicaciones de fecha 14/09/2023, en el que se reseña:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.2 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, y a la vista de las alegaciones presentadas por el AYUNTAMIENTO DE MONTORO al informe de este Ministerio, de fecha 29/07/2022, se estiman las alegaciones presentadas por dicho Ayuntamiento, por lo que se emite informe favorable en relación con la adecuación del DOCUMENTO DE INNOVACIÓN PORMENORIZADA DEL PGOU DE MONTORO, EN EL ÁMBITO DEL P.E.P.C.H. PARA MODIFICAR LOS "ART. 20.11" Y "ART. 50" DE LAS ORDENANZAS, NUEVO ÁMBITO "AA11" Y ESTABLECIMIENTO "AA17" RELATIVOS AL USO DE APARCAMIENTOS (GEX 825/2021), (CÓRDOBA), a la normativa sectorial de telecomunicaciones.

Visto el reformado del documento DE INNOVACIÓN PORMENORIZADA del PGOU de MONTORO, en los ART 20.11 y 50 del PEPCH, 2 nuevos ESPACIOS de APARCAMIENTO y NUEVO ARTICULADO, redactado por Isabel Mª Reinoso Torres presentado con fecha 17 de septiembre de 2023

Visto informe favorable emitido por la Arquitecto de la Oficina Técnica Municipal donde se reseña que el documento técnico se ajusta a lo establecido en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía en cuanto a las reglas particulares de ordenación, documentación y procedimiento, y que la tramitación del presente documento, de acuerdo a lo establecido en la Transitoria Tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, y dado que la fecha de solicitud de inicio del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada es anterior a la entrada en vigor de dicha Ley, resulta de aplicación a la Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que de conformidad a su art

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