Boletín nº 203 (26-10-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Valenzuela

Nº. 4.585/2023

Expediente: 1241/2023.

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA.

Habiendo transcurrido el plazo de exposición al público de la modificación de créditos 08/2023, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, sin que se hayan presentado alegaciones y/o reclamaciones al respecto, se eleva a definitivo el acuerdo de Pleno, de fecha de 7 de septiembre de 2023, por el que se aprobaba inicialmente el expediente de modificación de créditos 08/2023 de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal y se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Bajas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Créditos a

transferir

Créditos

finales

Progr.

Económica

920

623.00

ADMINISTRACIÓN GENERAL-MAQUINARIA, INSTALACIONES TÉCNICAS

5.000,00 €

5.000,00 €

0,00 €

TOTAL

5.000,00 €

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Créditos a

incorporar

Créditos

finales

Progr.

Económica

320

623.00

ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN. MAQUINARIA,

INSTALACIONES TÉCNICAS Y UTILLAJE

0,00 €

3.500,00 €

3.500,00 €

* 323

622.00

CENTROS DOCENTES DE ENSEÑANZA PREESCOLAR, INVERSIÓN NUEVA

500,00 €

1.500,00 €

-33,01 €

TOTAL

5.000,00 €

*La aplicación presupuestaria 323.622.00, a la fecha de emisión de la presente, ostenta signo negativo -1.533,01 ya que existen gastos contabilizados por valor de 2.033,01 euros habiendo consumido crédito a nivel de vinculación. Por tanto, los créditos finales no son 2.000,00 euros sino que 1.533,01 euros más 1.500,00 euros arroja un resultado, negativo de -33,01 euros.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las personas interesadas podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

El Alcalde-Presidente

Fdo. Antonio Pedregosa Montilla

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

(Identidad de firma(s), fecha y códigos de verificación en márgenes del presente documento)

Valenzuela, 18 de octubre de 2023. Firmado electrónicamente por el Sr. Alcalde-Presidente, Antonio Pedregosa Montilla.

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