Boletín nº 206 (31-10-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villanueva del Duque

Nº. 4.549/2023

Expediente: 1763/2022.

ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA

SUMARIO

Resolución de Alcaldía nº 2023/00000189, del Ayuntamiento de Villanueva del Duque, por la que se aprueba el plan de despliegue presentado por la Empresa Adamo Telecom Iberia SAU.

TEXTO

El Decreto de Alcaldía de aprobación definitiva tiene el tenor literal siguiente:

A la vista de los siguientes antecedentes:

-Solicitud del interesado.

-Informe de secretaría en la que indica el procedimiento a seguir y la legislación aplicable.

-Informe FAVORABLE emitido por el SAU, de fecha 11-11-2022.

-Anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 173, de fecha 12-09-2023.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.j) y s) de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar el Plan de Despliegue de una red de comunicaciones electrónicas en el municipio presentado por la empresa Adamo Telecom Iberia SAU, con CIF A65.232.357 consistente en la instalación de una red de fibra óptica troncal, realizando el tendido de fibra óptica por nueva canalización subterránea con 36 fibras y una longitud total de 20.201 metros ejecutada en tres tramos, tratándose de una interconexión por saturación de una red troncal anterior con el objetivo de evitar una saturación.

SEGUNDO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de su general conocimiento.

TERCERO. Notificar la presente Resolución a los interesados, con indicación de los recursos pertinentes.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Villanueva del Duque, 16 de octubre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Miguel Granados Hinojosa.

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