Boletín nº 206 (31-10-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 4.613/2023

Expediente Gex: 1996.

ANUNCIO

Una vez agotado el plazo de información pública, elevada diligencia del resultado de dicho trámite y de conformidad con las facultades atribuidas a la Alcaldía por el artículo 21.1 j), 22.2c y 70 ter de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local, mediante Resolución de fecha 12 de septiembre de 2023, se adoptan los siguientes acuerdos:

PRIMERO. Se aprueba la iniciativa para el establecimiento del sistema de compensación en la Unidad de ejecución 2 del SUNI-11 que se instrumenta a través de la aprobación convenio urbanístico a suscribir entre Sociedad Ganadera Andaluza del Valle de los Pedroches (en adelante Covap) y el Ayuntamiento de Pozoblanco (rubricado el 16/10/2023) con el ámbito, objeto y plazo determinado en la presente resolución, dotado de carácter jurídico administrativo:

Sector: Sector de suelo industrial UE-2 del PS SUNSI-11.

-Superficie total 179.867,35 m² (de los que 176.693,23 m² corresponde a suelo sectorizado ordenado y 3.174,12 m² corresponden a obra exterior).

-Linderos:

Los linderos del sector de suelo de la UE2 son:

-Norte: Parcela 9.032 del Polígono 18 (Camino Cordel de la Campiña), en el tramo que discurre por los sectores PPI10 y SUNS I11. Parcela rústica 186 del Polígono 18 descrita, catastralmente como Barranco Pozo Nuevo.

-Este: Parcela 37 del Polígono 17 (Las Granadillas) de propiedad privada, parcela 66 del Polígono 17 (La Morra) propiedad de COVAP, parcela 33 del Polígono 17 (La Morra), propiedad de la SCA Olivarera Los Pedroches.

-Sur: Parcela 33 del Polígono 18 (Barranco del Pozo Nuevo), parcela 9.032 del Polígono 18 (Camino del Cordel de la Campiña), parcela 9.033 del Polígono 18 (Camino de las Merinillas), parcela 181 del Polígono 18 (La Morra), parcela 9.004 del Polígono 18 (CM Peñón del Búho) y parcela 9.012 del Polígono 17 (CM Peñón del Búho). Todas ellas propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco.

-Oeste: Parcela 9.009 del Polígono 18 (carretera provincial de Pozoblanco a Obejo 6411) y terrenos pertenecientes a la Unidad del Ejecución 1 del SUNS I-11, actualmente propiedad de COVAP.

La superficie del sector es de 176.693,23 m² de suelo, donde el 83,1648 % pertenece a COVAP y el 16,8352% pertenece al Ayuntamiento.

La obra exterior a esta unidad, consistente en la realización de obras de urbanización complementarias tiene una extensión de 3.174,12 m² y se desarrolla ocupando aproximadamente 1.753 m² de la parcela 9.002 y del Polígono 18, y 9005 del Polígono 17 (Camino de las Merinillas) y aproximadamente 1.421 m² de la parcela 9.012 del Polígono 17, y 9004 del Polígono 18 (CM Peñón del Búho). La descripción de las fincas donde se hace la mejora será incorporada en el Proyecto de Reparcelación para su inmatriculación.

En este convenio se establecen los términos y condiciones de la gestión y ejecución del instrumento de ordenación urbanística de conformidad con las determinaciones de planeamiento urbanístico vigente en el municipio de Pozoblanco, documento donde se incorpora, entre otros extremos, las parcelas aportadas por las partes intervinientes al mismo, los terrenos de cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento de Pozoblanco para equipamientos recogidos en el planeamiento (zona verde, viario, reserva viaria, equipamiento deportivo, comercial y social), las parcelas de resultado de aprovechamiento lucrativo tanto de Covap como del Ayuntamiento de Pozoblanco, y se concreta la cesión gratuita al Ayuntamiento de Pozoblanco del 10% del aprovechamiento lucrativo que éste debe recibir para su incorporación al PMS (concretado en la parcela resultante lucrativa nº 9). Covap realizará a su costa los trabajos de redacción del proyecto de reparcelación, el proyecto de urbanización conforme a las determinaciones de planeamiento y la ejecución de la urbanización de la unidad de ejecución y obra exterior, redactará la cuenta de la liquidación definitiva de la reparcelación que deberá someterse a aprobación del Ayuntamiento de Pozoblanco y que posteriormente será remitida desde esta administración al Registro de la Propiedad para el levantamiento de las cargas de afección.

SEGUNDO. El plazo de vigencia del convenio incluirá la recepción de obras de urbanización, la inscripción de fincas resultantes y el levantamiento de las afecciones tras la aprobación de la liquidación definitiva de la cuenta de la reparcelación, sin perjuicio de los plazos de garantía y labores de mantenimiento y conservación.

TERCERO. Como el Ayuntamiento de Pozoblanco mediante Resolución del 14 de julio de 2022, ha aceptado la entrega terrenos de carácter patrimonial a cambio de la parte proporcional que tendría que asumir de los costes de urbanización por su participación, según estructura de propiedad en UE-2 del SUNI-11, las parcelas resultantes de aprovechamiento lucrativos en las que se materialice la adjudicación a COVAP quedan afectadas de forma real al cumplimiento de los deberes legales y las obligaciones inherentes al sistema de compensación con constancia registral mediante la expedición de nota marginal.

CUARTO. La presente resolución será objeto de notificación a las partes intervinientes a los efectos de personación en las dependencias municipales para la rúbrica del texto definitivo por los representantes legales de las personas físicas o jurídicas con terrenos dentro de la unidad de ejecución 2 del SUNI-11 (Covap y Ayuntamiento de Pozoblanco). Habilitándose al Alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la efectividad de lo acordado.

QUINTO. De conformidad con el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Ayuntamiento de Pozoblanco deberá hacer pública la relación de los convenios suscritos que tengan repercusión económica o presupuestaria, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas.

SEXTO. La presente resolución será objeto de publicación tras su firma por la Administración Pública competente en materia de Urbanismo conforme al artículo 83.2 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía. Dicho acuerdo, junto con el convenio, se incluirá en un registro público de carácter administrativo. Igualmente, el Acuerdo de aprobación del Convenio se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia con expresión, al menos, de haberse procedido a su depósito en el Registro correspondiente, así como de la propia identificación de sus otorgantes, objeto, situación y emplazamiento de los terrenos afectados. Igualmente, se hará igualmente público en la sede electrónica del Ayuntamiento [https://www.pozoblanco.es] .

SÉPTIMO. El Ayuntamiento deberá remitir al Registro Municipal de instrumentos de Planeamiento, de Convenios urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados el certificado del acuerdo de aprobación del convenio así como el texto íntegro de éste en la forma prevista en el artículo 19 del Decreto 2/2004, de 7 de enero. (Convenio registrado como 1/2023).

OCTAVO. Asimismo, el contenido del convenio deberá ser inscrito en el Registro de la Propiedad en los términos previstos en la legislación hipotecaria, y siempre y cuando los compromisos adquiridos fueran susceptibles de inscripción registral de conformidad con el Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre la inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística.

Con este anuncio se da general conocimiento de la resolución definitiva anteriormente mencionada así como de la formalización del convenio en el que se instrumenta.

Pozoblanco, a 20 de octubre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Santiago Cabello Muñoz.

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