Boletín nº 229 (01-12-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba
Nº. 5.185/2023
Expediente GEX 2023/2467.
Asunto: Expediente de modificación de crédito 2/SC/10/2023, mediante bajas de crédito de otras aplicaciones.
ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA
Don Miguel Ruz Salces, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, hace saber:
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito 2/SC/10/2023, financiado con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Alta en aplicaciones de gastos
Suplemento de crédito
Aplicación |
Descripción |
Importe (€) |
1710-13000 |
Retribuciones básicas Resp. Vías Públicas y Jardines |
7.500 |
1710-16001 |
Seguridad Social Resp. Vías Públicas y Jardines |
2.500 |
9200-23301 |
Asistencias Tribunales y Comisiones de Selección |
2.500 |
9200-12003 |
Retribuciones básicas Administrativos Admón. Gral. |
7.500 |
TOTAL |
20.000 |
Esta modificación se financia con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
Baja en concepto de gastos
Aplicación |
Descripción |
Importe (€) |
9290-50000 |
Retribuciones básicas Resp. Vías Públicas y Jardines |
7.500 |
TOTAL |
20.000 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Montalbán de Córdoba, 28 de noviembre de 2023. Firmado electrónicamente, por el Alcalde-Presidente, Miguel Ruz Salces.