Boletín nº 229 (01-12-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba

Nº. 5.185/2023

Expediente GEX 2023/2467.

Asunto: Expediente de modificación de crédito 2/SC/10/2023, mediante bajas de crédito de otras aplicaciones.

ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Don Miguel Ruz Salces, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, hace saber:

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito 2/SC/10/2023, financiado con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Alta en aplicaciones de gastos

Suplemento de crédito

Aplicación

Descripción

Importe (€)

1710-13000

Retribuciones básicas Resp. Vías Públicas y Jardines

7.500

1710-16001

Seguridad Social Resp. Vías Públicas y Jardines

2.500

9200-23301

Asistencias Tribunales y Comisiones de Selección

2.500

9200-12003

Retribuciones básicas Administrativos Admón. Gral.

7.500

TOTAL

20.000

Esta modificación se financia con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:

Baja en concepto de gastos

Aplicación

Descripción

Importe (€)

9290-50000

Retribuciones básicas Resp. Vías Públicas y Jardines

7.500

TOTAL

20.000

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Montalbán de Córdoba, 28 de noviembre de 2023. Firmado electrónicamente, por el Alcalde-Presidente, Miguel Ruz Salces.

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