Boletín nº 229 (01-12-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 5.205/2023

DON ANTONIO GRANADOS MIRANDA, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA (CÓRDOBA), HACE SABER:

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 27 de noviembre de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«CUARTO. APROBAR, SI PROCEDE, DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA RELATIVO A LA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DE PERSONAL EJERCICIO 2023. (EXPDTE. GEX NÚMERO 13.680-2023).

Por el Sr. Alcalde-Presidente, don Antonio Granados Miranda, se dio cuenta al resto de miembros de la Corporación asistentes del dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Permanente de Hacienda, Personal, Interior, Seguridad Ciudadana, Gobernación y Empresas de Servicios, en sesión Ordinaria celebrada el día 20 de noviembre de 2023, sobre la propuesta relativa a la modificación de la relación de puestos de trabajo y modificación de la plantilla de personal ejercicio 2023, cuyo tenor literal es transcrito a continuación:

«Gex 13680/2023

PROPUESTA DE ALCALDÍA RELATIVA A LA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA.

Vista la propuesta del Concejal Delegado del Área de Personal, de fecha 14 de noviembre de 2023, relativa a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, obrante en el expediente de referencia.

Vista el acta de la sesión celebrada por la Mesa General de Negociación, en sesión celebrada el día 25 de octubre de 2023, así como así catálogo, relación y valoración de puestos de trabajo del Ayuntamiento de La Carlota.

Considerando que, de conformidad con lo previsto en el artículo 37.1-c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, serán objeto de negociación los "sistemas de clasificación de puestos de trabajo, y planes e instrumentos de planificación de recursos humanos".

Considerando que a tenor de lo dispuesto en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP), la planificación de los Recursos Humanos en las Administraciones Públicas tendrá como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad.

Considerando que la planificación de los Recursos Humanos es una de las manifestaciones de la potestad de autoorganización reconocida a los Entes Locales por los artículos 4.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL) y 5 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (LAULA), y que las Relaciones de Puestos de Trabajo son instrumentos de apoyo a esa planificación.

Considerando que dicha potestad es una potestad discrecional pero no absoluta, pues como todo poder o potestad está sometido a unos límites: los imperativos constitucionales y la reserva de ley. Además, que toda decisión discrecional como toda la actuación de la Administración- ha de estar suficientemente motivada y perseguir la satisfacción del interés general.

Considerando que la propuesta de modificación puntal de la RPT en vigor que se somete a consideración por el Pleno Municipal persigue la satisfacción de los intereses municipales y está suficientemente justificada; así como que se ha seguido el preceptivo trámite de negociación con los representantes de los trabajadores.

Considerando que la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo pretendida implica su traslado, y en consecuencia, modificación de la Plantilla de Personal del Presupuesto General del Ayuntamiento de La Carlota para el ejercicio 2023.

Considerando los preceptos aplicables relativos a la modificación de la Plantilla de Personal contenidos en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y en el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Visto informe de la Técnica de Gestión de Administración General del Área de Personal número 166/2023, de fecha 17 de noviembre de 2023, obrante en el expediente de referencia.

Visto el informe nº 118.0, de fecha 17 de noviembre de 2023, de la Intervención General de este Ayuntamiento, obrante en el expediente de referencia.

Considerando que la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo y la Plantilla de Personal y, consecuentemente, la aprobación de sus modificaciones, corresponde al Ayuntamiento Pleno, en virtud de lo previsto en el artículo 22.2.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, sin que tal atribución pueda ser objeto de delegación.

Atendido lo anterior, propongo al Pleno de la Corporación la adopción de los siguientes acuerdos:

PRIMERO. Aprobar la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo vigente del Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), en la forma indicada en el documento que figura como Anexo I y su traslado e inclusión en el Catálogo de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de La Carlota, del ejercicio 2022 aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 28 de noviembre de 2022.

Cualquier error u omisión contenidos en la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo será subsanado en sucesivos Acuerdos Plenarios, tras su detección y estudio por la Mesa General.

Las futuras modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo serán objeto de estudio y negociación de la Mesa General de manera previa a su elevación al Pleno Corporativo para su aprobación definitiva.

SEGUNDO. Publicar acuerdo de modificación de Relación de Puestos de Trabajo, a que se refiere el punto Primero, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), para su público conocimiento, con indicación de que, al considerarse un acto firme en la vía administrativa, contra el mismo cabe interponer recurso de reposición o acudir directamente a la vía contencioso administrativa, en los términos y plazos legalmente establecidos.

TERCERO. Remitir en el plazo de treinta días desde la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo, copia de la misma a la Administración del Estado y al órgano competente de la Comunidad Autónoma, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

CUARTO. Que por el Ayuntamiento Pleno, se apruebe inicialmente la modificación de la Plantilla de Personal del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota del presente ejercicio de 2023, en la forma indicada en el documento que figura como Anexo II, ordenándose su publicación en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, por un plazo de 15 días, durante los cuales, las personas interesadas podrán formular alegaciones, considerándose definitivamente aprobada si durante dicho plazo no se hubiera presentado reclamación alguna, en caso contrario, el Pleno será el órgano competente para su resolución, en los términos establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales

QUINTO. Remitir en el plazo de treinta días desde la aprobación definitiva de la Plantilla de Personal, copia de la misma a la Administración del Estado y al órgano competente de la Comunidad Autónoma, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

SEXTO. Dar traslado del expediente al Negociado de Personal, a efectos de continuar su tramitación

La Carlota, El Alcalde Presidente, Antonio Granados Miranda [Firmado y fechado (17/11/2023) electrónicamente]».

&///&

Una vez que la Corporación quedó debidamente enterada de todo ello y de conformidad con el Dictamen de la Comisión Informativa correspondiente, el Sr. Alcalde-Presidente sometió a votación ordinaria el punto, acordándose por MAYORÍA ABSOLUTA de los/las Concejales/as presentes, con el voto de diecisiete (17) Concejales/as, es decir, el voto a favor de once (11) Concejales/as del Grupo Político Municipal P.S.O.E.; la abstención de cuatro (4) Concejales/as del Grupo Político Municipal P.P.; la abstención de un (1) Concejal del Grupo Político Municipal VOX, y el voto a favor de una (1) Concejala del Grupo Político Municipal Izquierda Unida, la adopción de los acuerdos que se incluyen en la propuesta dictaminada antes transcrita y en los términos en ella reflejados».

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

La Carlota, 29 de noviembre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Granados Miranda.


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